NOTICIAS DE INTERÉS – 16 DE SEPTIEMBRE DE 2021

Noticias de interés _16/09/21

TGSS: DETERMINACIÓN DE PLAZOS

Adjuntamos por su interés, la Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social por la que se determina el período de ampliación de plazos efectuada en el ámbito de actuación y funcionamiento de la Tesorería General de la Seguridad Social como consecuencia del incidente de ciberseguridad ocurrido en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social el 9 de junio de 2021.
 

RESOLUCIÓN TGSS

 

NUEVA PÁGINA WEB DE LA AGENCIA TRIBUTARIA Y BLOG FISCAL.

El pasado 15 de julio la AEAT comunicó la apertura de la nueva sede electrónica de la Agencia Tributaria accesible a través de la URL https://sede.agenciatributaria.gob.es/  o desde el banner publicado en las páginas iniciales del Portal y de la Sede existentes hasta ese momento.

En el proceso de transición hasta la implantación definitiva de la nueva sede electrónica que sustituirá al portal y sede actuales, a lo largo del mes de octubre está previsto realizar los cambios necesarios para que el acceso a la página web de la Agencia se realice ya a través de la nueva sede electrónica, donde estarán disponibles para los usuarios todos los servicios de información y trámites, sin perjuicio de que se seguirá manteniendo operativa en un segundo plano la sede electrónica antigua hasta finalizar el proceso de transición.

Al igual que se está trabajando para verificar el funcionamiento óptimo de la nueva sede en los servicios que se prestan a los contribuyentes, dadas las especialidades de los trámites que realizan los profesionales tributarios, se solicita que nos trasladen su opinión sobre la usabilidad de la misma y en caso de detectarse cualquier incidencia nos lo comuniquen a esta Secretaría.

Se informa igualmente que en el día de ayer inició su andadura el Blog Fiscal de Crónica Tributaria (http://blogfiscal.cronicatributaria.ief.es/apertura-del-blog-fiscal/)  , evolución natural de la revista Crónica Tributaria, y en el que cada miércoles se publicará un post elaborado por los principales responsables de la Agencia Tributaria, la Dirección General de Tributos, los Tribunales Económico-Administrativos, la Dirección General del Catastro, la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local y el propio Instituto de Estudios Fiscales.

En el mismo se ha abierto un espacio adicional denominado Cartas a Blog Fiscal a través del cual podrán aportar su visión u opinión representantes de otros ámbitos de la Administración, de la academia y del sector privado.

 

 

EXTRANJERÍA: ¿PUEDEN TRABAJAR LOS EXTRANJEROS QUE HAN INTERPUESTO UN RECURSO CONTRA LA DENEGACIÓN DE PETICIÓN DE ASILO POLÍTICO O PROTECCIÓN SUBSIDIARIA?

Conviene recordar que Oficina de Extranjería no tramita ni resuelve solicitudes de protección internacional. Este trámite corresponde a la Oficina de Protección Internacional del Ministerio del Interior. Por lo que habría que dirigirse a ellos para información detallada sobre la interpretación de la normativa de asilo y protección subsidiaria.

En lo que respecta a las competencias de la Subdelegación del Gobierno de Valencia en cuanto a infracciones previstas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, la Directiva 2013/33/UE, por la que se aprueban normas para acogida de los solicitantes de protección internacional,  se indica en su artículo 15 que: "No se privará al solicitante del acceso al mercado de trabajo cuando se interponga un recurso, que tenga efectos suspensivos, contra una decisión negativa tomada en un procedimiento ordinario, hasta la notificación de su desestimación."

De este modo, la interposición de un recurso, si este tiene efectos suspensivos de acuerdo con la normativa vigente y es sobre una solicitud ordinaria, no impide seguir trabajando hasta la notificación de su desestimación. Depende, por tanto, de si se solicita la suspensión en vía de recurso de reposición y se concede de manera expresa o por silencio administrativo conforme al art. 117.3 de la Ley 39/2015 o si ésta se produce en vía contencioso-administrativa.

La Ley 12/2009, de Protección Internacional no contempla ninguna referencia expresa a los efectos del recurso (art. 29) pero, a efectos de la eventual imposición de una sanción al empleador por la infracción prevista en el art. 54.1d) de la Ley Orgánica 4/2000, esta Subdelegación interpretaría la norma española conforme a la Directiva comunitaria de quedar debidamente acreditada la suspensión de la resolución.

En todo caso, se recuerda que los documentos de solicitante de protección internacional (tarjeta roja o "resguardo en hoja blanca") indican que dejan de tener validez en la fecha de su caducidad y de que, producida la misma o a requerimiento de la Policía Nacional, sus poseedores deben comparecer ante la correspondiente comisaría. En ningún caso la mencionada previsión de la Directiva puede alegarse por un solicitante de asilo que, en lugar de recurrir una resolución denegatoria, ha dejado caducar su documentación o no ha atendido un requerimiento de Policía Nacional: es preciso justificar que se ha interpuesto el correspondiente recurso, con solicitud de suspensión del acto y que la suspensión se ha concedido expresamente. En caso de que no se haya concedido expresamente, deberá justificarse la estimación por silencio.

Por lo tanto, si el extranjero ha solicitado la suspensión del acto en su redacción del recurso podría continuar trabajando hasta la desestimación del recurso, en caso contrario, no podría.

 

 

EXPOSICIÓN EN EL COLEGIO DEL PREMIO MÉRITO SOCIAL EN DEFENSA DE LA PROFESIÓN 2020

El pasado día 18 de diciembre de 2020, tuvo lugar en Madrid el acto de entrega de la XV edición de los Premios Mérito Social 2020 y del Premio al Fomento de la Igualdad, donde entre otros se concedió el Premio Mérito Social a la defensa de la profesión 2020 al Colectivo de Graduados Sociales, en justo reconocimiento a la labor desempeñada, por su trabajo y dedicación, en esta crisis sanitaria, económica y social que estamos atravesando, y que fue recogido por dos jóvenes colegiadas de Madrid.

Pues bien, en la sesión Plenaria de este Consejo de Graduados Sociales de España, celebrada el día 19 de febrero de 2021, en el punto décimo del Orden del Día, se trató de la posibilidad de que dicho Premio fuera expuesto en las instalaciones de los Colegios por un periodo aproximado de tres meses.

Así pues, nos es grato informarte, que el citado Premio en la actualidad se encuentra expuesto en las instalaciones de nuestra Corporación Profesional, hasta el día 20 de diciembre de 2021.