URGENTE: OBLIGATORIEDAD DE ACREDITAR TENER UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

Recordamos a todos los colegiados y colegiadas, la obligación, conforme a lo dispuesto en el artículo 31. m,  de los Estatutos que rigen la profesión, publicados en el DOGV el día 9 de enero de 2013, por Resolución del 4 de Diciembre del 2012, del Director General de Justicia, de DISPONER DE UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.

El mencionado artículo señala como obligaciones de los colegiados:

“Contratar con una compañía aseguradora la responsabilidad civil profesional que pueda derivarse del ejercicio profesional, bien sea por sí mismos, o mediante la póliza colectiva que pueda suscribir el colegio a tal fin, de forma que por la Secretaría del Colegio se verificará esta contratación y la vigencia de la misma anualmente. En caso de contratación por sí mismo, la póliza no podrá tener menos coberturas que las fijadas en la colectiva, en garantía del ciudadano que accede a los servicios profesionales del Graduado social.

Como quiera que  todavía no nos has remitido copia del  certificado de tu seguro de responsabilidad civil, te solicitamos que en el plazo de diez días, nos remitas copia del mismo a : segurorc@cograsova.es

Es muy importante, disponer de un seguro que cubra cualquier tipo de siniestro que se produzca en el ejercicio de nuestra profesión, ya que el principal, o en su caso las sanciones o recargos, suelen ser muy elevados.