REAL DECRETO-LEY POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES DE RESPUESTA ANTE LA DANA

En el BOE de hoy 6 de noviembre, se ha publicado el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Este RDL, en su Exposición de Motivos indica que “Tiene por objeto contribuir al restablecimiento de la normalidad de las zonas afectadas y la adopción, con la necesaria celeridad que demandan las circunstancias as medidas adoptadas en este real decreto-ley” y serán de aplicación a las personas físicas y entidades públicas o privadas que hayan sufrido daños en sus bienes o derechos como consecuencia directa o indirecta de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), en los municipios incluidos en el anexo de esa norma, siempre que resulten acreditados de acuerdo con lo que se establezca en las disposiciones, convenios o cualesquiera otros instrumentos que se formalicen por las Administraciones Públicas en aplicación de lo dispuesto en este real decreto-ley.

Dicha norma consta de 6 capítulos.

El capítulo I contempla disposiciones comunes relativas al objeto y ámbito de aplicación de la norma, así como a la cooperación entre Administraciones Públicas.

El capítulo II establece ayudas extraordinarias destinadas a paliar daños personales, daños materiales en vivienda y enseres y en establecimientos industriales, mercantiles, y de servicios; ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes, así como las ayudas a corporaciones locales por gastos de emergencia.

El capítulo III se refiere a las medidas fiscales de este real decreto-ley.

El capítulo IV establece medidas en materia de Seguridad Social encaminadas, precisamente, a hacer frente al impacto social y económico causado por la DANA.

El capítulo V, regula las medidas destinadas a los hogares, empresas y autónomos

El capítulo VI, Medidas en el ámbito judicial, notarial y registral.

La Presidencia del Gobierno, ha establecido una página Web, con un resumen de las medidas más importantes adoptadas por esta norma.

Atentamente

Vicente Vercher Rosat
Decano

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