NOTICIAS DE INTERÉS 22 DE DICIEMBRE DE 2022

 

Noticias de interés _22/12/22

LEY 28/2022, DE 21 DE DICIEMBRE , DE FOMENTO DEL ECOSISTEMA DE LAS EMPRESAS EMERGENTES.(LEY STARTUPS O NÓMADAS DIGITALES)

Hoy ha salido publicada en el Boletín Oficial del Estado, la esperada Ley «Startups». Dicha norma, en su Exposición de Motivos indica que:

«La presente ley incorpora un importante conjunto de medidas que responden al resultado del intenso proceso de consulta pública y a la audiencia públicadel anteproyecto de ley. Dichas medidas reducen significativamente los obstáculos detectados a la creación y crecimiento de estas empresas de tipo legislativo, referidos fundamentalmente a las cargas fiscales y sociales, a las exigencias del derecho mercantil y a los trámites burocráticos. Además, la ley promueve la inversión en innovación, impulsa los instrumentos públicos de apoyo al ecosistema de empresas emergentes y refuerza la colaboración público-privada con el fin de impulsar el crecimiento de estas empresas. Finalmente, se favorece el establecimiento en Españade los emprendedores y trabajadores de este tipo de empresas, así como de los trabajadores a distancia de todo tipo de sectores y empresas, conocidos como «nómadas digitales».


En este marco, es de particular importancia eliminar las brechas de género existentes en este ámbito, ya que nuestro país no podrá alcanzar la competitividad deseada si no se toman las medidas necesarias para incorporar al ecosistema el talento de las mujeres.

El título preliminar explicita los objetivos de la ley, así como su ámbito de aplicación, incluyendo una definición específica de las empresas emergentes o startups que podrán acceder a las medidas de apoyo previstas en la norma, que incluye a las empresas nacidas en el sistema de ciencia y tecnología, conocidas como empresas de base tecnológica o científica.


También se establecen unos requisitos específicos que hacen que estas empresas destaquen sobre el resto del tejido empresarial. Estos requisitos son la antigüedad de la empresa (ser de nueva creación o de un máximo de cinco años desde su constitución y de siete años en el caso del sector de biotecnología, energía, industrial u otros según avance el estado de la tecnología), su independencia, tener sede social o establecimiento permanente en España, así como un porcentaje mayoritario de la plantilla con contrato en España, su carácter innovador, no ser cotizada ni haber distribuido dividendos y no alcanzar un volumen de negocio superior a los diez millones de euros

 Los trabajadores de las empresas emergentes pueden realizar su trabajo de manera remota, siempre que dispongan de un equipo informático y una conexión a internet de calidad. Para regular la residencia de este perfil de profesionales itinerantes y de otros muchos que puedan elegir España como un lugar de teletrabajo más estable, se crea una nueva categoría de visado y de autorización de residencia. El visado para el teletrabajo de carácter internacional permite entrar y residir en España durante un máximo de un año mientras que sus titulares trabajan para mismos o para empleadores en cualquier lugar del mundo.

LEY STARTUPS