La calificación administrativa errónea no impide al Juzgado aplicar la ley

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por un trabajador al que se le denegó el complemento por aportación demográfica (art. 60 LGSS) por considerar su jubilación anticipada como voluntaria. Se acredita que la jubilación derivó de un despido objetivo indemnizado, encajando en el art. 207 LGSS, por lo que no era voluntaria. El TS declara que la calificación administrativa errónea no impide al órgano judicial aplicar la ley y reconocer el complemento