Hecho causante para el complemento de brecha de género es la extinción de la IT

El Tribunal Supremo, Sala de lo Social, estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el INSS contra la sentencia del TSJ de Cataluña que reconoció a una trabajadora el complemento por brecha de género vinculado a una pensión de incapacidad permanente total. La cuestión debatida era la fecha del hecho causante: si debía atenderse al reconocimiento de la prestación (2021) o a la extinción de la incapacidad temporal previa (2020). El Supremo concluye que el hecho causante es la extinción de la IT, anterior a la entrada en vigor del RDL 3/2021, por lo que revoca la sentencia y desestima la demanda.