TSJ Galicia avala teletrabajo como herramienta de conciliación

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia estima el recurso de suplicación y revoca la sentencia previa, reconociendo el derecho de la trabajadora a mantener el teletrabajo para conciliar la atención a su madre enferma. Se fundamenta en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores y la Ley 10/2021, priorizando los derechos de conciliación frente a intereses empresariales. La empresa incumplió la obligación de negociar de buena fe y no justificó adecuadamente la negativa ni ofreció alternativas. Se concede teletrabajo y una indemnización de 3.750 € por daños y perjuicios derivados de la denegación injustificada.

 

Roj: STSJ GAL 5637/2025 – ECLI:ES:TSJGAL:2025:5637