ANULACION DEUDAS INDEBIDAS POR DIFERENCIAS SMI DE FEBRERO DE 2023

En relación a las incidencias por aparición de las deudas que derivaban de las diferencias, del salario mínimo interprofesional correspondientes al mes de febrero 2023, que aparecieron con recargo y sin disponibilidad de descarga previa y sin periodo de pago voluntario, respecto de las que el Colegio remitió sucesivas quejas a la Dirección Provincial de Valencia y a la Dirección General de la TGSS, a través del Consejo General.

 

El BNR 5/2023 indicaba que en el proceso de actualización masiva de las liquidaciones de enero y febrero afectadas por la orden PCM/3013/2023 del SMI, habría documento de pago en «consulta y obtención recibos fuera de plazo», con TC1/31 desde 14-11-2023, pudiéndose ingresar hasta el último día del mes siguiente a la liquidación, sin recargo, según la DT única de la O PCM/3013/2023.

 

Nos informan desde la Dirección Provincial de la TGSS de Valencia, en fecha de hoy, que efectivamente se ha producido una incidencia en el proceso de actualización de liquidaciones SLD para adecuar las bases de cotización a lo establecido en la Orden de cotización PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la que se modifica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero.

 

Durante el mes de octubre se actualizaron las liquidaciones de la recaudación de 02/2023 afectadas por esta orden, pero, debido a una incidencia técnica, no se enviaron los mensajes que comunican a los autorizados RED la actualización de la liquidación. Por tanto, esta falta de información ha provocado que un gran número de liquidaciones no hayan sido saldadas en el plazo establecido por la Orden, que es el último día del mes siguiente a aquel en el que la Tesorería General de la Seguridad Social comunica la actualización de las liquidaciones de cuotas afectadas.

 

El sistema asignó como fecha de plazo reglamentario de ingreso el 30 de noviembre de 2023 al entender de forma errónea que ya se habían producido esas comunicaciones.

 

La deuda que se ha generado como consecuencia del vencimiento de la FPR sin ingreso se ha paralizado de forma centralizada, por lo que no saldrá en los certificados de deuda.

 

Previsiblemente, durante el mes de enero se podrá informar de que las liquidaciones han sido actualizadas y del plazo que disponen para pagar las diferencias sin recargo alguno.

 

Esperamos que esta información sea de vuestra utilidad. Atentamente.