Noticias de interés _05/03/23 |
CEOE: Comisión Europea. Marco Temporal de Crisis y Transición, relativo a las ayudas de Estado |
El Consejo General de Colegios de Graduados Sociales de España, nos remite la siguiente información de interés general: «Distinguido/a Compañero/a: Desde la Comisión Legal de la CEOE de la que forma parte nuestro compañero Íñigo de la Peña, vocal electivo de este Consejo General y presidente del colegio de Gipuzkoa, me ha hecho llegar información enviada por la Comisión Europea adoptó el pasado jueves de un nuevo Marco Temporal de Crisis y Transición (ver aquí) relativo a las ayudas de Estado, tras consultar a los Estados miembros. Este nuevo marco (en forma de Comunicación de la Comisión) revisa y extiende el Marco Temporal de Crisis adoptado en marzo de 2022 que permitía a los Estados miembros tomar medidas de apoyo a la economía en el contexto de la agresión rusa contra Ucrania, y que fue modificado en julio y octubre del mismo año. El objetivo del nuevo marco, en línea con el Plan Industrial del Pacto Verde presentado a principios de febrero, es fomentar las medidas de apoyo en sectores que son clave para la transición ecológica (en respuesta, además, al IRA estadounidense). Bajo el nuevo marco, que será de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2025, los Estados Miembros podrán: 1.- Tomar medidas de apoyo para el despliegue de energías renovables, almacenamiento energético o descarbonización de los procesos de producción industrial. o Se simplifican las condiciones para conceder ayudas a proyectos pequeños y a tecnologías menos maduras, tales como el hidrógeno renovable, eliminando el requisito de realizar un proceso de licitación. o También se elevan los límites máximos de ayudas que se pueden conceder y se simplifican los cálculos de las cuantías. 2.- Diseñar medidas de apoyo a la inversión privada para abordar el déficit de inversión en sectores estratégicos para la transición hacia una economía con cero emisiones netas con límites iguales a cierto porcentaje de los costes de inversión, dependiendo de la ubicación de la inversión y el tamaño de la empresa beneficiaria. En esta línea, las pymes y empresas ubicadas en regiones más desfavorecidas podrán obtener mayores ayudas. 3.- En casos excepcionales y con ciertas limitaciones, podrán aprobar mayores ayudas a empresas individuales cuando exista un riesgo real de que las inversiones se desvíen a países fuera de la UE. En tales situaciones, los Estados miembros podrán proporcionar: i) la misma cantidad de ayuda que el beneficiario recibiría por una inversión equivalente en otra ubicación (“matching aid”), o (ii) la cantidad necesaria para incentivar a la empresa a realizar la inversión en el Espacio Económico Europeo (“funding gap”); cualquiera sea inferior. · Sin embargo, el nuevo marco no propone cambios a las normas para el EBITDA (beneficio antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones) que formaban parte ya del Marco Temporal de Crisis anterior y que eran excesivamente complejas. En concreto, se sigue manteniendo el requisito de que el beneficiario debe demostrar que tiene una reducción del EBITDA, excluyendo la ayuda, de al menos el 40% en el periodo subvencionable en comparación con el periodo de referencia, o bien un EBITDA negativo en el periodo subvencionable. Para acompañar el nuevo marco temporal, la Comisión aprobó también el jueves una modificación del Reglamento General de Exención por Categorías (RGEC) para facilitar, simplificar y acelerar el apoyo a la doble transición, fomentando el apoyo a sectores clave. Tras esta revisión la aplicación del RGEC queda extendida hasta finales de 2026 para aportar mayor seguridad jurídica y estabilidad reglamentaria; y en concreto:
· Se facilita y simplifica la concesión de ayudas destinadas a los sectores de protección medioambiental y energía, para apoyar el despliegue de energías renovables, proyectos de descarbonización, movilidad verde, biodiversidad e hidrógeno renovable.
· Se favorece la implementación de proyectos con beneficiarios de más de un Estado miembro, incluyendo Proyectos Importantes de Interés Común Europeo (PIICE), en los ámbitos de investigación y desarrollo, aumentando los umbrales de notificación.
· Se amplían las posibilidades para formación y recapacitación en todos los sectores a través de una excepción de notificación para todas las ayudas de formación inferiores a tres millones de euros.
· Se crea una exención por categoría para las medidas de ayuda de los Estados miembros que tengan el objetivo de regular los precios de la energía.
· Se aumentan los umbrales de notificación para las ayudas medioambientales y de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i).
· Se aclara cuales son las posibilidades de ayudas a la financiación de riesgo para las pymes y start-ups, y para productos financieros apoyados por el fondo InvestEU.
Por todo lo anterior, y si así lo consideras oportuno, te agradeceré remitas la citada información a los colegiados de tu demarcación por si fuera de su interés. Sin otro particular, recibe un cordial saludo. Fdo.: Ricardo Gabaldón Gabaldón Presidente del Consejo General»
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CEV Valencia: Información Convocatoria València Activa Promoción Actividades Económicas 2023: EMPRÉN, EMPLEA Y EMPLEA MUJER PLUS. |
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La CEV informa que hasta el próximo 11 de abril está abierta la convocatoria del Ayuntamiento de Valencia de subvenciones municipales para la Promoción de Actividades Económicas en el término municipal de València 2023. Esta convocatoria incluye dos programas específicos, compatibles entre sí, que se detallan en sus correspondientes anexos. Antes de iniciar el trámite en sede electrónica deberás haber Cumplimentado el formulario de preinscripción en: https://www.valencia.es/apps/subvencions PROGRAMA I: SUBVENCIÓN EMPRÉN Destinada a apoyar en los inicios de la actividad a personas que hayan emprendido en el término municipal de València. PROGRAMA II: SUBVENCIÓN EMPLEA MUJER PLUS, destinado a favorecer la contratación indefinida de mujeres de 45 o más años a tiempo completo en el término municipal de València. |