La Oficina de Extranjeros de Valencia ha remitido a esta Corporación Profesional las siguientes instrucciones en relación con los nuevos países comunitarios:
LA ATENCIÓN A LOS CIUDADANOS DE RUMANIA Y BULGARIA SE EFECTUARÁ EN LAS OFICINAS SITUADAS EN LA CALLE LOS MAESTRES Nº 2 DE VALENCIA Y DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES:
1.- INFORMACIÓN:
Se realizará en horario de 09:00 a 14:00, asignando exclusivamente 85 números cada día, para su atención.
2.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN:
Todos aquellos ciudadanos rumanos y búlgaros que deseen obtener la Tarjeta de Residente Comunitario, deberán solicitar cita previa para presentar la correspondiente documentación a la siguiente dirección de correo electrónico: citabr.valencia@map.es
La documentación requerida para obtener la Tarjeta de Residente Comunitario es la siguiente:
A.-Solicitud Modelo Oficial EX-16 (Original y 3 copias)
B.- Pasaporte o Carta de Identidad en vigor. (Original y Copia)
C.- 2 fotografías tamaño carnet con fondo blanco.
D.- Certificado de empadronamiento actualizado. (Original)
ADEMÁS EN EL CASO DE MENORES DE EDAD:
A.- Certificado de nacimiento debidamente legalizado y traducido al español por intérprete jurado o consulado (Original y Copia)
B.- Certificado de empadronamiento actualizado de toda la familia (Original)
C.- DNI / Tarjeta de Residencia / NIE más documentación acreditativa de la situación laboral (si se tratara de ciudadanos exentos de la obligación de tener tarjeta de residencia), de los padres (Original y Copia)
En solicitudes relativas a hijos a cargo de uno sólo de los padres, documentación debidamente legalizada y traducida acreditativa de que se ejerce en solitario la patria potestad o se le haya otorgado la custodia y está efectivamente a su cargo (Original y Copia)
En el supuesto de hijos adoptados deberá acreditarse mediante documentos debidamente legalizados y traducidos al español que la resolución por la que se acordó la adopción reúne los elementos necesarios para producir efecto en España. (Original y Copia)
En el caso de que el menor esté sujeto legalmente a la tutela de un ciudadano o institución española o de un extranjero residente legal en España, deberá acreditar que dicha tutela reúne los elementos necesarios para producir efectos en España (Original y Copia).
PARA CUALQUIER INFORMACIÓN ADICIONAL, PODRÁN DIRIGIRSE AL COLEGIO EN HORARIO DE 09:00 A 11:00 Y DE 18:00 A 19:00 EXCLUSIVAMENTE.
SE RECUERDA TAMBIEN A TODOS LOS COLEGIADOS, QUE ESTA CORPORACION PROFESIONAL ESTA HABILITADA POR LA OFICINA DE EXTRANJEROS, PARA COMPULSAR TODA LA DOCUMENTACION QUE DEBA DE PRESENTARSE EN LA MISMA.