El Tribunal Supremo (STS 4433/2025) resuelve que el complemento por maternidad del art. 60 LGSS no procede para varones cuya pensión deriva de una incapacidad permanente total reconocida antes del 01/01/2016, aunque posteriormente se redenomine como jubilación. El hecho causante se fija en la fecha inicial de la prestación, no en el cambio de denominación. Se estima el recurso del INSS y TGSS, anulando las sentencias previas y desestimando la demanda. Esta doctrina unifica criterios y refuerza la interpretación restrictiva sobre complementos demográficos en pensiones anteriores a 2016.