NOTICIAS DE INTERÉS – 8 DE ABRIL 2021

 

Noticias de interés _08/04/21

EXTRANJERÍA: ¿Puede trabajar un extranjero que haya recurrido la denegación de su solicitud de Asilo Político?

Desde la Oficina de Extranjeros, nos trasladan la siguiente información:

La Oficina de Asilo y Refugio indica a esta Corporación Profesional,  que ellos no valoran la habilitación para trabajar de los solicitantes puesto que esta materia es competencia de las unidades correspondientes de Documentación de Policía.


La Disposición adicional vigésimo primera del RD 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 indica respeto a la autorización de trabajo de los extranjeros solicitantes de protección internacional que «Los solicitantes de protección internacional estarán autorizados para trabajar en España una vez transcurridos seis meses desde la presentación de la solicitud, siempre que ésta hubiera sido admitida a trámite y no estuviera resuelta por causa no imputable al interesado. La autorización para trabajar se acreditará mediante la inscripción «autoriza a trabajar» en el documento de solicitante de protección internacional y, si procede, en sus sucesivas renovaciones, y estará condicionada a su validez. En caso de que no proceda esta inscripción porque no se cumplan los citados requisitos, la Oficina de Asilo y Refugio hará constar tal hecho en resolución motivada y se lo notificará al interesado»


Según criterio de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras del Dirección General de la Policía en Valencia, los interesados que tengan su solicitud denegada, no están habilitados para trabajar. La habilitación debe ser expresa, según la Disposición adicional anterior, mientras que no esté resuelta su solicitud y se acreditará mediante inscripción en el documento de solicitante, mientras éste esté en vigor.


Cuando se notifica la resolución de denegación, se retira en el mismo momento la documentación acreditativa de solicitante (puesto que solamente tiene validez hasta dicha notificación), por lo tanto, carecen de tarjeta y habilitación. Se entiende que la solicitud de suspensión de efectos de la denegación se refiere exclusivamente a la obligación de salida de territorio nacional.

AEAT: NUEVO SERVICIO INFORMA

Dentro de los servicios de información y asistencia que ofrece la AEAT, se encuentra disponible el acceso a la aplicación INFORMA +.

Se trata de una aplicación informática que permite a los contribuyentes que estén debidamente identificados, con Cl@ve o certificado electrónico, realizar solicitudes de información tributaria por escrito a la AEAT.
También disponible para profesionales tributarios a través de la vía del apoderamiento.


Se puede acceder a través de dos vías :

1.- Desde los asistentes virtuales y el informador censal

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Herramientas_de_asistencia_virtual/Herramientas_de_asistencia_virtual.shtml

2.- Desde la propia Sede Electrónica

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/GZ44.shtml

 

  AEAT: OBTENCIÓN DE CERTIFICADO DE LA FNMT DE PERSONAS FÍSICAS CON DNI ELECTRÓNICO SIN ACREDITACIÓN PRESENCIAL.

Se adjuntan instrucciones para la obtención de certificados de la FNMT de personas físicas sin necesidad de acreditación presencial. Es un servicio opcional que ofrecen la FNMT (obtención del certificado) y la DGP (uso del DNIe). Además, se incluye una guía rápida de cómo obtener el certificado de la FNMT usando el DNI electrónico para personas físicas y un documento de cuestiones o problemas técnicos que se pueden plantear en el proceso.

Con este procedimiento se evita la fase de acreditación presencial en oficinas para la obtención del certificado de la FNMT para personas físicas. Además, una vez disponga del certificado de la FNMT de persona física se podrán hacer otros trámites relacionados con certificados electrónicos y, en particular, la acreditación para la obtención de certificados de Administrador Único o Solidario en la sede electrónica de la FNMT y la presentación de documentación para la acreditación de certificado electrónico de representante de persona jurídica (para S.A., S.L., Sociedades Colectivas y Comanditarias) en la Sede electrónica de la AEAT.

Procedimiento general y requisitos previos:

Se requiere un lector de DNI-e compatible y un ordenador con Windows 10 preferiblemente. Los navegadores recomendados son Internet Explorer, Microsoft Edge y Google Chrome.
Los lectores de DNI-e pueden encontrarse integrados en algunos teclados o ser un dispositivo aparte conectado por USB al ordenador.

También se requiere que el ciudadano titular del DNI-e conozca la contraseña que protege los certificados electrónicos y que estos estén activos. Ambas cuestiones se pueden realizar si se desconoce la contraseña en los quioscos habilitados en las comisarias de policía sin necesidad de obtener cita previa.

De forma previa, se deben instalar los siguientes programas:

– Software de configuración de la FNMT https://www.sede.fnmt.gob.es/descargas/descarga-software/instalacion-software-generacion-de-claves
– Aplicación Autofirma
https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
– Aplicación DNI electrónico
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_1100)

El peticionario insertará su DNI-e en el lector y le aparecerá un mensaje de la aplicación de DNI electrónico, indicando la presencia del DNI-e insertado en el lector. Se puede comprobar que los certificados del DNI-e han sido leídos accediendo al administrador de certificados del navegador (por ejemplo, desde Internet Explorer iríamos a Herramientas – Opciones de Internet – Contenido – Certificado). Debemos tener 2 entradas correspondientes al DNI-e, una de AUTENTICACION y otra de FIRMA.

A continuación, desde el navegador el peticionario abrirá el Portal de la FNMT (https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados)  eligiendo la opción de obtención de certificado de persona física. Una vez en este punto, se selecciona la opción «Obtener Certificado con DNIe»

Aparecen tres apartados que tendremos que ir viendo de uno en uno.

– El primer apartado es de configuración previa, cuestión que ya se ha explicado previamente. Una vez completada dicha configuración, se debe insertar el DNI-e de la persona para la que se va obtener el certificado de la FNMT.

– El segundo apartado es el de solicitud del certificado. Al entrar, hay que aceptar las condiciones y darle al botón «Siguiente». Aparecerá un formulario en el que tendrá que rellenar los campos obligatorios. Una vez cumplimentados se pulsa el botón «Aceptar». Aparece una página con los datos introducidos, aparece también el botón «Firmar». Pulsaremos el botón «Firmar». Esta acción lanzará la aplicación Autofirma, solicitando un certificado para firmar la petición. Seleccionaremos el certificado de FIRMA del DNI-e. Una vez firmado aparece una pantalla confirmando que la petición ha sido procesada correctamente. La FNMT enviará un correo de confirmación a la dirección de correo electrónica del titular del certificado indicada en el formulario. En dicho correo está el código de petición que se usará en el apartado tercero.

– El tercer apartado se corresponde con la descarga del certificado. En dicho apartado se procede a rellenar el formulario con el código de petición y aceptamos las condiciones de uso. A continuación, pulsamos en «Descargar certificado». Aparecerá una ventana de aviso y la aceptamos. Aparece otra página donde pulsamos el botón «Instalar certificado». Con eso termina el proceso y procedemos a extraer el DNI-e del lector. Se puede comprobar que el certificado de la FNMT está instalado abriendo el administrador de certificados.

MUY IMPORTANTE: Como último paso debemos proceder a la extracción del certificado descargado. En el caso de que el certificado se haya descargado en un PC de un tercero, se debe realizar la obtención de una copia de seguridad protegida con contraseña (sólo debe conocerla el titular del certificado y dueño del DNI-e) en un USB y la eliminación del certificado del navegador (PC) donde se haya descargado, ya que en caso contrario dejaríamos un certificado electrónico de la FNMT instalado en un equipo ajeno. Dicha copia de seguridad se realiza exportando el certificado descargado con su clave privada, para posteriormente realizar la importación definitiva en el PC del titular del certificado.

Se adjuntan Guías complementarias:
GUÍA  

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