Noticias de interés _17/03/21 |
INFORMACIÓN SOBRE REGISTRO DE APODERAMIENTOS |
En relación con la consulta sobre si los profesionales ya están como autorizados para el Sistema Red y reciben todas las comunicaciones de sus clientes ¿ han de volver a hacer este trámite ante el Registro electrónico de apoderamientos?, ¿es obligatorio antes del 1 de abril y para todos sus clientes? La respuesta que nos ha trasladado desde la Subdirección de Gestión Centralizada del sistema Red, es que NO es necesario, en base a la La Disposición Adicional segunda de la Orden ISM/189/2021, de 3 de marzo establece que, procedemos a transcribir: «La representación otorgada en el ámbito del Sistema de remisión electrónica de datos (Sistema RED) se regirá por su propia normativa .Ello significa que al igual que ocurre en el Registro electrónico de apoderamiento vigente , la representación otorgada a los mismos para actuar en el ámbito del sistema RED no figura inscrita en el mismo, ya que el propio Sistema RED regula y valida la capacidad de representación de estos Autorizados ante la Seguridad Social, que seguirán siendo ,en virtud de la normativa de aplicación , receptores de las notificaciones electrónicas .Asimismo los trámites relativos a los sujetos obligados al Sistema RED , deberán seguir siendo gestionados a través de éste .
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