COMUNICADO URGENTE DE LA COMISIÓN SEPE-COGRASOVA

Por parte de la Comisión SEPE-COGRASOVA, se elevado una consulta urgente a la Dirección Provincial del Sepe en Valencia y por su importancia transcribimos en formato pregunta-respuesta:

Pregunta formulada

Afectación especial de las empresas del sector de la hostelería. El 5-1-21 se publicó una Resolución de la Conselleria de Sanitat que limitaba la actividad de hostelería a las 17 horas. Eso produjo una avalancha de solicitudes de ERTE por limitación con fecha de efectos de 7-1-2021. Posteriormente, el 19-1 la Conselleria publicó una segunda resolución de cierre total de la hostelería. Lo que ha supuesto una segunda avalancha de ERTE’s por impedimento para las empresas de este sector. El problema viene cuando la Autoridad Laboral está resolviendo expresamente y en tiempo record, los ERTE de impedimento, pero los de limitación aún están en el plazo de 5 días para resolver y 10 para notificar por lo que, normalmente, aún no estamos presentando las solicitudes colectivas. Pero claro, con la resolución del segundo ERTE ya lo podemos presentar. El problema viene en la identificación de la fecha de inicio de la suspensión. Ya que si ponemos la del ERTE de impedimento, esto va a generar que las prestaciones del ERTE de limitación previo, cuando se concedan por silencio no se vaya a abonar.

Respuesta de la DP SEPE en Valencia:

En primer lugar, recordad que si se hubiera presentado solicitud colectiva de fecha 01/10/2020 o posterior no será necesario volver a presentar nueva solicitud respecto de los mismos trabajadores.

En el caso que no se hubiera presentado esa solicitud colectiva y en el mes de enero se han tramitado dos solicitudes de ERTES, por limitación y por impedimento:  Esperad a que exista resolución del primer ERTE, que es el que  genera la primera situación legal de desempleo.

Los periodos de actividad de enero se enviarán y procesarán a mes vencido durante el mes de febrero, incluirán todos los días del mes, tanto los que afecten al ERTE  por limitación como por impedimento, y deben procesarse sobre una prestación correctamente reconocida con la fecha de inicio real, que corresponde con el primer día del mes en que el trabajador se encuentre en situación legal de desempleo, por reducción de jornada o suspensión del contrato de trabajo derivadas ERTE.

Si  el fichero XML de enero incluye días de inactividad anteriores a la fecha de inicio de la solicitud colectiva, se generará una incoherencia en los datos, y no se procesará el fichero, generándose  nómina de todos los días del mes, y  muy probablemente, con  cobros indebidos de las prestaciones por parte de los trabajadores.