URGENTE: TRAMITACION SUBVENCIONES GENERALITAT y PREGUNTAS FRECUENTES.

Por medio del presente, les trasladamos la información que nos ha remitido la GVA, en relación con la presentación de la solicitud de subvenciones prevista en la RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2018, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las subvenciones destinadas al programa de fomento del trabajo autónomo, reguladas en la Orden 18/2017, de 28 de septiembre, de la Conselleria de Economía sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de fomento del empleo dirigido al emprendimiento.

Artículo 5. Forma y plazo de presentación de solicitudes

  1. La solicitud se presentará de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, a través del procedimiento habilitado al efecto y denominado «EAUCOV 2020 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas Covid-19». En la página web de LABORA  estará disponible la información y documentación de la convocatoria y se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud. Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento distinto al aquí descrito será inadmitida.
  2. Para la tramitación telemática se deberá disponer de firma electrónica avanzada, con un certificado admitido por la sede electrónica de la Generalitat (https:// sede.gva.es). De no disponer de firma electrónica avanzada, deberá acudirse a la representación a través de persona que si disponga de ella, acreditando la representación.
  3. El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del día 8 de abril de 2020 y finalizará a las 09.00 horas del día 4 de mayo de 2020.

SIENDO LAS 12:55 DEL DÍA DE HOY, DESDE  LABORA NOS INFORMAN DEL  PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE SOLICITUD TELEMÁTICA, DE LA SUBVENCIÓN, POR FAVOR, LEANLO DETENIDAMENTE

Con el fin de evitar la saturación de las redes y servidores de la Generalitat ante la previsión del gran volumen de solicitudes de las ayudas extraordinarias a personas trabajadoras autónomas el procedimiento de solicitud se va a desarrollar en dos fases.

 

TRÁMITE 1.- Solicitar asignación de fecha y franja horaria para presentar la solicitud de la subvención. Para ello deberá acceder al procedimiento telemático denominado «EAUCOV 2020 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas COVID19» y pulsar sobre el enlace “cita previa para la presentación de solicitud de ayudas para autónomos” (para este trámite no es necesario tener firma electrónica). Para solicitar la cita previa deberá introducir los siguientes datos: DNI y nombre y apellidos del trabajador autónomo que pide las ayudas (no del representante), un correo electrónico y un teléfono de contacto; el sistema le informará del plazo asignado para poder presentar la solicitud

 

PREPARACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN. Una vez haya obtenido la mencionada cita es aconsejable que acceda a la página web de la subvención (http://www.labora.gva.es/es/ciutadania/busque-ajudes-subvencions/ajudes-foment-de-l-ocupacio), y se descargue en su ordenador, los siguientes impresos: Domiciliación bancaria y Declaración de minimis, tras descargarlos,  ábralos, rellénelos, y fírmelos con su firma electrónica y guárdelos en el disco duro de su ordenador. Los mencionados documentos ya estarán preparados para anexarlos cuando tenga que presentar la solicitud. Tenga en cuenta que sin los documentos descritos no se podrá presentar la solicitud el día asignado. No obstante, si usted ya hubiera proporcionado a la Generalitat Valenciana el documento de Domiciliación bancaria en otro proceso anterior, Y NO SE HUBIERA PRODUCIDO NINGÚN CAMBIO EN LOS DATOS BANCARIOS, no necesita anexar el mencionado documento, pero sí deberá indicar dicho nº de cuenta cuando rellene el formulario de solicitud en el trámite 2.

 

Modelos de LABORA (a cumplimentar por el solicitante):

  •  HOR0003EDomiciliación bancaria
  •  HOR0004EDeclaración minimis
  • EMP0540E Anexo II. Formulario relativo a la representación (solo en el supuesto que la solicitud se presente en calidad de representante de la persona solicitante)

 

En el supuesto de que usted no disponga de firma electrónica y, por tanto, tenga que autorizar a otra persona que sí disponga de ella para presentar la solicitud en su nombre, los mencionados documentos deberá firmarlos electrónicamente la persona autorizada y presentar necesariamente el impreso Anexo II. Este impreso, por el cual usted le autoriza a presentar la solicitud en su nombre, debe rellenarse y firmarse a mano por usted y remitirse, en formato pdf o jpg (fotografía de un móvil), a dicha persona, que deberá adjuntarlo necesariamente junto con el resto de la documentación cuando presente la solicitud.

 

Solo se podrá formular la solicitud mediante representante en estos 2 supuestos:

 

-Carecer de firma electrónica (utilizando el Anexo II).

 

-Poder acreditar la representación mediante la correspondiente inscripción en el Registro de Representantes. (https://www.accv.es/ciudadanos/registro-de-representantes/)

 

Es importante también que tenga claros los epígrafes de los IAES que tiene usted de alta en la Agencia Tributaria (se correspondan con el autónomo como persona física o sean los de la sociedad en la que presta sus servicios como trabajador autónomo), dicha información figura en el “Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria” (que debe presentarse junto con la solicitud) y tendrá que consignarlos obligatoriamente cuando rellene el Anexo I en el momento de presentación de la solicitud. Tenga en cuenta que sin consignar los epígrafes de los IAES en el Anexo I NO PODRÁ PRESENTAR LA SOLICITUD. Si el certificado no está a su nombre, sino a nombre de la sociedad en la que desarrolla su trabajo como autónomo, deberá indicarlo en la casilla correspondiente del Anexo I.

 

El Anexo I (que incluye, entre otras casillas a rellenar, las declaraciones responsables) no es un impreso descargable, sino un formulario web que tendrá que rellenar on-line cuando acceda al trámite 2 de presentación de la solicitud.

 

TRÁMITE 2.- Presentación de la solicitud (este trámite solo lo podrán hacer con certificado electrónico ya sea del propio solicitante o de la persona representante que haya sido autorizada mediante el impreso Anexo II).

 

El día y en la franja horaria asignadas, acceda de nuevo al procedimiento telemático y pulse sobre el enlace , rellene y firme electrónicamente el modelo de solicitud, rellene el Anexo I, adjunte los modelos antes mencionados (domiciliación bancaria y declaración de minimis rellenos y firmados electrónicamente) y también el “Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria”. Si la solicitud la presenta usted en calidad de representante adjunte asimismo el Anexo II firmado físicamente por el solicitante. Cuando haya terminado el trámite podrá descargarse una copia electrónica del justificante de presentación de la solicitud.

 

EAUCOV 2020 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas COVID 19.  (pinchando en el enlace accederá al procedimiento telemático para formular la solicitud).

 

Para poder solicitar la ayuda, además de anexar los documentos relacionados en la fase 2, deberá rellenar el anexo I (que estará disponible en el procedimiento telemático) y anexar el Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. (Puede obtenerlo a través del siguiente enlace): https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G309.shtml

 

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