CONVOCATORIA ELECCIONES 2019

CONVOCATORIA 2019 PARA ELECCIONES DE CINCO VOCALES EJERCIENTES Y 1 VOCAL NO EJERCIENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE VALENCIA

La Junta de Gobierno de esta Corporación Profesional, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 11 de enero de 2019, adoptó el acuerdo de convocar elecciones reglamentarias para la renovación de los cargos que cesan, ajustándose a las siguientes normas:

a) CARGOS QUE DEBEN CESAR:

CINCO VOCALES EJERCIENTES

UN VOCAL NO EJERCIENTE

 

b) CARGOS A CUBRIR:

Cinco Vocales Ejercientes

Un Vocal No Ejerciente

 

c) CALENDARIO ELECTORAL:

Exposición del Censo Electoral. Del 11 al 19 de febrero de 2019, se encontrarán expuestos en las oficinas del Colegio los censos colegiales, pudiéndose presentar cualquier reclamación a los mismos hasta el 22 de febrero de 2019.

 

d) PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS:

El plazo de presentación de candidaturas comenzará el día 25 de febrero de 2019 y finalizará el 6 de marzo de 2019, a las 20 horas.

La presentación de candidaturas se realizará mediante instancia presentada personalmente en el Colegio, o bien mediante correo certificado, teniendo en cuenta que la misma deberá obrar en poder de la Secretaría del Colegio el día 6 de marzo de 2019 a las 20 horas como último día del plazo de admisión de candidaturas.

En el escrito de solicitud de candidatura se indicará claramente:

  1. Si se presenta a Vocal Ejerciente o Vocal sin ejercicio.
  2. Modalidad de colegiación (Ejerciente Libre, de Empresa o No Ejerciente).
  3. Hallarse al corriente de pago de sus cuotas colegiales al 22 de febrero de 2019.
  4. Encontrarse en pleno disfrute de sus derechos colegiales.
  5. Comprometerse a prestar el juramento o promesa exigido por la legislación vigente.

 

e) PROCLAMACIÓN DE CANDIDATOS:

La proclamación de candidatos se hará por la Junta de Gobierno dentro de los dos días hábiles siguientes a la finalización del plazo para presentar candidaturas, la Junta de Gobierno se celebrará el día 7 de marzo de 2019. La proclamación se realizará el 8 de marzo.

El día 11 de marzo de 2019 se circularán las candidaturas a todos los colegiados, abriéndose un plazo para la presentación de impugnaciones, que finalizará el día 12 de marzo a las 20 h., y serán resueltas por la Junta de Gobierno antes de la celebración de la votación.

 

f) PERIODO DE LA CAMPAÑA ELECTORAL:

Se abrirá el día 13 de marzo de 2019 y finalizará el día 1 de abril de 2019. Durante la misma los candidatos podrán solicitar de la Secretaría del Colegio la utilización del Salón de Actos, a fin de reunirse con los colegiados y exponerles sus programas. Dicha solicitud deberá obrar en el Colegio, como mínimo, con una semana de antelación a fin de poder compaginar la actividad colegial con el uso del local por los candidatos. La convocatoria para estas reuniones se efectuará por cuenta de los candidatos. El día 2 de abril de2019, será día de reflexión.

 

g) ELECTORES:

Serán todos los colegiados que se encuentren al corriente de sus cuotas el día 3 de abril de 2019. Los votos de los colegiados Ejercientes tendrán valor DOBLE y los de los No Ejercientes tendrán valor SENCILLO, por lo que las elecciones se celebrarán, mediante comprobación de los censos confeccionados por la Secretaría del Colegio, depositándose las papeletas en urnas separadas.

 

h) ELEGIBLES:

Todos los colegiados de esta Corporación, siempre que se encuentren al corriente de sus cuotas al día 22 de febrero de 2019, y lleven DOS AÑOS, como mínimo COLEGIADOS.

 

i) CELEBRACIÓN DE LAS ELECCIONES:

Estas tendrán lugar el día 3 de abril de 2019, en el lugar y la hora que oportunamente se comunicará, durante la celebración de la Junta General Ordinaria.

 

j) NORMATIVA PARA LA VOTACIÓN:

  1. De forma secreta y personal.
  2. En papeleta normalizada (facilitada por el Colegio o los candidatos, siempre que reúna esta condición).
  3. Si se vota por correo, deberá introducirse la papeleta en el sobre correspondiente a VOTO A VOCALES, y éste, junto con una fotocopia del Documento Nacional de Identidad, se introducirá en otro sobre dirigido a la «MESA ELECTORAL DEL COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE VALENCIA – Contiene Voto a Vocales», en el reverso del sobre se consignará claramente el nombre y apellidos del votante, número de colegiados y si es «Ejerciente» o «No Ejerciente».

Tanto las papeletas como los sobres donde se depositen las mismas habrán de ser normalizados, cuyo tamaño, clase de impresión y color serán facilitados por el Colegio a las candidaturas, siendo nulos los votos que no se ajustan a estas normas.

Los votos emitidos por correo deberán obrar en poder de la Mesa Electoral antes del comienzo de las votaciones.

 

k) MESA ELECTORAL:

La Mesa Electoral estará compuesta por tres miembros titulares:

(1)     Presidente: El Colegiado Ejerciente de mayor edad.

(2)     Secretario: El Colegiado Ejerciente de mayor antigüedad.

(3)     Vocal: El Colegiado Ejerciente más reciente.

 

Serán suplentes, en todos los casos, los colegiados que figuren en el censo, siguiendo el mismo procedimiento que para los anteriores.

Si alguno de estos cargos fuese candidato, será designado miembro de la Mesa Electoral el que se siga en el cargo.

Las candidaturas podrán nombrar Interventores que se sentarán junto a la Mesa Electoral y podrán controlar la marcha de la votación.

 

l) ESCRUTINIO:

  1. El horario de votación será el día designado por la Junta de Gobierno y en el horario asimismo acordado en la Junta de Gobierno, en un solo día, y teniendo en cuenta dar el máximo posible para facilitar el ejercicio del derecho de voto por los colegiados.
  2. La votación se realizará en dos urnas separadas, en una votarán los colegiados ejercientes sean por cuenta propia o de empresa, y en otra los no ejercientes y eméritos. Los electores presentarán a quien presida la mesa su papeleta de voto introducidas en sobre oficial, y este la introducirá en la urna correspondiente anotándose en la lista del censo. Votarán en último lugar los interventores y los miembros de la mesa. Por fin se introducirán los votos recibidos por correo que cumplan los requisitos estatutarios.
  3. Serán únicamente válidas las papeletas y sobres oficiales entregados por el Colegio a los candidatos y electores, quienes tendrán las mismas a su disposición en la sede colegial, antes y durante la votación.
  4. El escrutinio realizado por la mesa electoral será público autorizando el Secretario la correspondiente acta que suscribirán los interventores y los demás miembros de la mesa. Se incluirán las reclamaciones a las que hubiere lugar que serán imprescindibles para ulteriores recursos. Solo se conservarán aquellas papeletas que hubieran sido objeto de impugnación.

Contra los acuerdos de la Junta de Gobierno y mesa electoral relativos a las elecciones, podrá interponerse sin carácter suspensivos, los recursos previstos en los presentes Estatutos.

  1. El voto por correo podrá realizarse solicitando con cinco días de antelación mínima el impreso correspondiente en la secretaría del Colegio, quien verificará la autenticidad del solicitante y su condición de elector, y en la remisión del mismo deberá quedar identificado el

votante de acuerdo con las normas de carácter interno en materia electoral que establezca el Colegio, y en ausencia de estas, de forma clara en el sobre y en la inclusión del impreso para esta modalidad entregado previamente.

  1. La Junta de Gobierno podrá adoptar las medidas necesarias para el voto electrónico por correo electrónico o vía telemática, en cualquier caso con certificado emitido por entidad certificadora que de fe del contenido y del remitente, y a una dirección electrónica especial habilitada a tal fin, que será abierta y verificado el contenido el término del escrutinio de las papeletas al igual que los sobres recibidos por correo ordinario.

 

m) Los Vocales electos jurarán el cargo y tomarán posesión en la primera reunión que celebre la Junta de Gobierno.

 

Lo que se comunica para general conocimiento, en Valencia a 11 de enero de 2019.

NOTA: Se recuerda que según el art. 38.2 los miembros de la Junta de Gobierno sólo podrán ser reelegidos para 3 mandatos consecutivos o sin limitación para mandatos alternativos, cuyo cómputo será de aplicación desde Enero/2013, fecha de publicación en el DOCV de los Estatutos de esta Corporación Profesional.

 

 

 

 

 Vº Bº

LA PRESIDENTA

Fdo. Carmen Pleite Broseta

EL SECRETARIO GENERALMiguel Ángel Amador Puga