URGENTE : PROPOSICIÓN DE LEY SANCIONES CONTRA EL INTRUSISMO PROFESIONAL.

El pasado miércoles día 13 de junio, y por unanimidad entre  los partidos políticos con representación en Les Corts , se aprobó una Proposición de Ley a propuesta de Compromís para modificar la norma que regula los Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana. Una reforma para que la Generalitat asuma la potestad sancionadora de los Colegios Profesionales en caso de que sus colegiados incurran en alguna infracción.

Ahora bien, no la hará para todos los supuestos que están considerados como sancionables. Esto es así porque el propio texto introduce nuevos tipos de sanciones disciplinarias en las que se puede incurrir. En concreto, la reforma añade un tercer punto al artículo 21 de la ley para que se considere infracción muy grave «el ejercicio de una profesión colegiada» por aquellas personas que no cumplan la obligación de estar colegiados «cuando la normativa que la regule la exija». Esto es, por ejemplo, en el caso en que un diplomad@ o graduad@ en RR.LL. y RR.HH  ejerza como tal sin estar colegiad@

El texto propuesto también añade un apartado en el que especifica cuáles serán las penas que la Generalitat podrá imponer en caso de infracción grave: desde la inhabilitación profesional durante un tiempo no superior a cinco años, hasta una multa de entre 5.001 y 150.000 euros.

También este nuevo artículo considera una infracción que una persona siga ejerciendo su profesión cuando el Colegio profesional en el que esté dada de alta le haya suspendido un tiempo determinado por haber incurrido en un quebrantamiento, «vulnere una resolución administrativa o judicial firme de inhabilitación profesional, de declaración de incompatibilidad administrativa o profesional o de conflicto de intereses, o una disposición legal en que se establezca la prohibición del ejercicio». Una causa por la que también podrán ser condenad@s o multad@s.