Sentencia del Tribunal de Estrasburgo: Se limita la vigilancia de los correos en las empresas

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo ha dado este martes su amparo a un trabajador cuya empresa leyó sus mensajes privados en su cuenta de correo electrónico del trabajo sin avisarle previamente.

El tribunal alega que la condena se funda en que el empleado en cuestión no era consciente de la supervisión de la gestión de sus cuentas de trabajo dentro del horario laboral.

La sentencia hace referencia al caso de un ciudadano rumano que fue despedido de su trabajo diez años atrás por utilizar una cuenta del trabajo para enviar correos personales a sus familiares. La sentencia europea, contra la que no cabe recurso, dictamina que los tribunales rumanos no verificaron si el demandante había sido advertido previamente por su empresa de la posibilidad de que sus comunicaciones fueran vigiladas ni del alcance ni de la naturaleza de esa supervisión.

Para la Corte, la clave se encuentra en que para que la vigilancia sea legal, ha de ir acompañada de garantías adecuadas y suficientes  contra los abusos, por lo que la advertencia del empleador debe producirse antes de que se inicie la vigilancia, en particular si afecta al contenido de las comunicaciones de los empleados.

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Pincha aquí para ver breve comentario de Dª. Gemma Fabregat, Vicedecana de Economía y sostenibilidad y Profesora de Derecho del Trabajo de la Universidad de Valencia