Pago de impuestos a través de la SEDE ELECTRONICA DE LA AEAT (opciones para colaboradores y apoderados)

INFORMACIÓN AEAT: Pago de impuestos

1) Medios de pago y tipos de acceso

A través de la pasarela de pago disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, es posible realizar un pago de impuestos y obtener un NRC mediante cargo en cuenta o con tarjeta.

Los dos posibles medios de pago son cargo en cuenta y pago con tarjeta de crédito o débito.

a) Cargo en cuenta: Para realizar el pago mediante cargo en cuenta es necesario disponer de certificado, DNI electrónico o estar registrado en el sistema de identificación Cl@ve PIN.

b) Pago con tarjeta: El pago con tarjeta sólo está habilitado con certificado o DNI electrónico.

Alternativamente, es posible realizar el pago mediante una tercera opción denominada «pago por lotes», que consiste en la obtención masiva y desatendida de los NRC de pago. Esta modalidad es ofrecida por las entidades colaboradoras a través de su propia banca telemática y el tipo de acceso será determinado por cada una de ellas con opción de cargo en cuenta del titular o del presentador

c) Pago por lotes (masivo): La relación de entidades financieras que suministran NRC como justificante de ingreso por lotes se puede consultar en:

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2) Entidades con las que se puede realizar el pago telemático

El pago telemático en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria sólo será posible realizarlo con aquellas entidades que ostenten la condición de Colaboradoras en la recaudación de los tributos y ofrezcan a sus clientes el servicio de cobro a través de internet. Puede consultar el listado de Entidades Bancarias adheridas a este convenio de colaboración en la siguiente dirección web:

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3) Modalidades de pago por Internet

a) En nombre propio: En este caso, el titular de la cuenta / tarjeta coincidirá con el obligado tributario

b) En nombre de un tercero:

b.1) Desde la cuenta o tarjeta de titularidad de una persona diferente al obligado tributario (provisión de fondos): Deberá coincidir el titular del certificado y el titular de la cuenta o tarjeta como ordenantes del pago, pero el NIF que se facilite a la Entidad Colaboradora para obtener el NRC será siempre el del declarante u obligado tributario.

b.2)  Desde la cuenta de titularidad del obligado tributario: Es posible realizar el pago a través de la página web de la AEAT en una cuenta bancaria de titularidad del obligado tributario y que la orden de adeudo sea realizada por una persona distinta de éste. Para ello el ordenante deberá estar apoderado por el obligado a realizar esta operación.

El registro de este apoderamiento puede realizarse a través de internet siempre que el poderdante (que deberá ser el obligado tributario) disponga de certificado electrónico o Cl@vePin. El apoderamiento concreto para realizar este tipo de trámites es PAGOAPODECCC – Pago apoderados mediante cargo en cuenta, que se incluye dentro del apartado «Otros servicios» –> » Pago de Impuestos»  en  la opción «Alta de Poder para trámites tributarios específicos» en el MENU correspondiente al «Registro de apoderamientos» de la SEDE electrónica de la AEAT.

 Se adjunta una guía informativa sobre cómo realizar un apoderamiento en Internet y el formulario de representación para efectuar el trámite de apoderamiento presencialmente.

Puede obtener más información sobre el pago de impuestos en nuestra web:

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