CONVOCATORIA ELECCIONES 2017

CONVOCATORIA 2017 PARA ELECCIONES DE PRESIDENTE, CUATRO VOCALES EJERCIENTES LIBRES, UN EJERCIENTE DE EMPRESA Y UN VOCAL NO EJERCIENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE VALENCIA

 

La Junta de Gobierno de este Colegio, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2016, adoptó el acuerdo de convocar elecciones reglamentarias para la renovación de los cargos que cesan, ajustándose a las siguientes normas:

  1.  a) CARGOS QUE SE DEBEN ELEGIR:

PRESIDENTE

 CUATRO VOCALES EJERCIENTES LIBRES

UN VOCAL EJERCIENTE EMPRESA

UN VOCAL NO EJERCIENTE

 

  1. b) CALENDARIO ELECTORAL:

Exposición del Censo Electoral. Del 3 al 12 de enero de 2017, se encontrarán expuestos en las oficinas del Colegio los censos colegiales, pudiéndose presentar cualquier reclamación a los mismos hasta el 17 de enero de 2017.

  1. c) PRESENTACION DE CANDIDATURAS:

El plazo de presentación de candidaturas comenzará el día 18 de enero de 2017 y finalizará el 7 de febrero de 2017.

La presentación de candidaturas se realizará mediante instancia presentada personalmente en el Colegio, o bien mediante correo certificado, teniendo en cuenta que la misma deberá obrar en poder de la Secretaría del Colegio el día 7 de febrero de 2017, como último día del plazo de admisión de candidaturas.

En el escrito de solicitud de candidatura se indicará claramente:

  1. Si se presenta a Presidente, Vocal Ejerciente Libre, Vocal Ejerciente de Empresa o Vocal sin ejercicio.
  2. Modalidad de colegiación (Ejerciente Libre, de Empresa o No Ejerciente).
  3. Hallarse al corriente de pago de sus cuotas colegiales al 16 de enero de 2017.
  4. Encontrarse en pleno disfrute de sus derechos colegiales.
  5. Comprometerse a prestar el juramento o promesa exigido por la legislación vigente.

 

  1. d) PROCLAMACION DE CANDIDATOS:

Tendrá lugar en la reunión de la Junta de Gobierno que se celebrará el día 9 de febrero de 2017.

El día 13 de febrero de 2017 se circularán las candidaturas a todos los colegiados, abriéndose un plazo para la presentación de impugnaciones, que finalizará el día 15 de febrero de 2017, que serán estudiadas por la Junta de Gobierno, si las hubiese, el día 20 de febrero de 2017.

 

  1. e) PERIODO DE LA CAMPAÑA ELECTORAL:

Los candidatos proclamados podrán efectuar a su costa las actividades de campaña electoral ajustadas al ordenamiento jurídico. No podrán utilizarse a estos efectos locales ni otros medios materiales o personales del Colegio, excepto el derecho a que se les facilite una copia del censo electoral con salvaguarda de la normativa sobre protección de datos personales, así como sobres y papeletas para la elección. Si el candidato quiere remitir una única comunicación masiva al censo electoral, podrá entregar el contenido al Colegio quien enviará la misma, con cargo de su coste al candidato si fuera por correo ordinario, y sin coste si fuera por correo electrónico, para evitar la entrega de domicilios o correos electrónicos a los candidatos en prevención de la normativa sobre protección de datos de carácter personal.

Cada candidatura conjunta o cada candidato individual podrán designar a otro colegiado que actúe como interventor en la mesa.

Art. 44 Estatutos colegiales DOCV 09/01/2013.

 

  1. f) ELECTORES:

Figurarán como electores todos los inscritos en el censo que se encuentren en el ejercicio de sus derechos y al corriente de sus deberes colegiales a fecha 23 de marzo de 2017. Los votos de los colegiados Ejercientes tendrán valor DOBLE y los de los No Ejercientes y Eméritos tendrán valor SENCILLO, por lo que las elecciones se celebrarán, mediante comprobación de los censos confeccionados por la Secretaría del Colegio, depositándose las papeletas en urnas separadas.

 

  1. g) ELEGIBLES:

Podrán ser candidatos los colegiados que gozando de la condición de electores no estén incursos en prohibición legal o estatutaria, cuenten al menos con la antigüedad de dos años y hayan sido proclamados.

 

  1. h) CELEBRACION DE LAS ELECCIONES:

Estas tendrán lugar el día 23 de marzo de 2017, en el lugar y la hora que oportunamente se comunicará, durante la celebración de la Junta General Ordinaria.

 

  1. i) NORMATIVA PARA LA VOTACION:
  2. De forma secreta y personal.
  3. En papeleta normalizada (facilitada por el Colegio o los candidatos, siempre que reúna esta condición).
  4. Si se vota por correo, deberá introducirse la papeleta en el sobre correspondiente a VOTO A PRESIDENTE y VOTO A VOCALES, y éste, junto con una fotocopia del Documento Nacional de Identidad, se introducirá en otro sobre dirigido a la «MESA ELECTORAL DEL COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE VALENCIA – Contiene Voto a Presidente y Voto a Vocales», en el reverso del sobre se consignará claramente el nombre y apellidos del votante, número de colegiados y si es «Ejerciente», «No Ejerciente» o «Emérito».

Tanto las papeletas como los sobres donde se depositen las mismas habrán de ser normalizados, cuyo tamaño, clase de impresión y color serán facilitados por el Colegio a las candidaturas, siendo nulos los votos que no se ajustan a estas normas.

Los votos emitidos por correo deberán obrar en poder de la Mesa Electoral antes del comienzo de las votaciones.

 

  1. j) MESA ELECTORAL:

La Mesa Electoral estará compuesta por tres miembros titulares:

(1)     Presidente: El Colegiado Ejerciente de mayor edad.

(2)     Secretario: El Colegiado Ejerciente de mayor antigüedad.

(3)     Vocal: El Colegiado Ejerciente más reciente.

Serán suplentes, en todos los casos, los colegiados que figuren en el censo, siguiendo el mismo procedimiento que para los anteriores.

Si alguno de estos cargos fuese candidato, será designado miembro de la Mesa Electoral el que se siga en el cargo.

Las candidaturas podrán nombrar Interventores que se sentarán junto a la Mesa Electoral y podrán controlar la marcha de la votación.

 

  1.  k) ESCRUTINIO:

Una vez finalizadas las votaciones de los presentes, el Presidente preguntará si queda alguien por votar y a continuación se procederá a abrir los votos por correo, comprobándose si el Documento Nacional de Identidad corresponde al nombre del remitente, así como que no ha votado personalmente.

Una vez depositados todos los votos por correo en las urnas, votará la Mesa Electoral, siendo el Presidente el último en hacerlo.

A continuación se procederá a efectuar el recuento de votos, proclamándose ganadores los que mayor número de votos logren.

Por el Secretario de la Mesa se levantará Acta del resultado del escrutinio, así como de cuantas incidencias hubieren, firmándose ésta por todos los componentes de la misma y debiendo quedar expuesta en Secretaría del Colegio.

 

  1. l) Los Vocales electos jurarán el cargo y tomarán posesión en la primera reunión que celebre la Junta de Gobierno.

Lo que se comunica para general conocimiento, en Valencia a 22 de diciembre de 2016.

 

LA JUNTA DE GOBIERNO

NOTA: Se recuerda que según el art. 38.2 los miembros de la Junta de Gobierno sólo podrán ser reelegidos para 3 mandatos consecutivos o sin limitación para mandatos alternativos, cuyo cómputo será de aplicación desde Enero/2013, fecha de publicación en el DOCV de los Estatutos de esta Corporación Profesional.