Extranjeria: Novedades en Reagrupaciones Familiares

A continuación les detallamos la documentación, con las últimas novedades, que exige la  Oficina de Extranjeros de Valencia, en el procedimiento de Reagrupación Familiar.

    Dicha información también se encuentra disponible en nuestra página Web www.cograsova.es .  Para cualquier consulta, pueden dirigirse al Colegio de lunes a viernes en horario de 09:00 a 12:00, o bien a través de correo electrónico: extranjeria@cograsova.es

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:  

1 – Impreso oficial de solicitud gratuito (Ex-07), por DUPLICADO, por cada familiar que se desea reagrupar, firmado por el reagrupante que reside en España.

2 – Pasaporte, documento de viaje, o cédula de inscripción, en vigor, del solicitante residente en España. (Original y 1 fotocopia).

3 – Autorización de Residencia o de Trabajo y Residencia, ya renovada, del familiar residente en España. (Original y 1 fotocopia).

4 – Documentación acreditativa de los vínculos familiares (COPIA):

    • Fotocopia del pasaporte del/los familiar/es que desea/n ser reagrupados.
    • Certificado de parentesco, TRADUCIDO AL CASTELLANO, por traductor o interprete jurado, debidamente inscrito y autorizado en España, o bien, en la representación Diplomática o Consular de España en el país de origen, o del país de procedencia de los documentos en España.
    • Dependencia legal y económica
      • Si se trata de hijos de uno sólo de los padres: documentación acreditativa de que se ejerza en solitario la patria potestad o se le haya otorgado la custodia y estén efectivamente a su cargo, expedida por el órgano competentedel país de origen, TRADUCIDA. En otro caso, autorización, validada por la Oficina Consular Española, para residir en España del padre/madre que se encuentre en el extranjero para que el menor resida en territorio español con el otro cónyuge. Si los dos padres están en España, uno residente legal y el otro irregular, esta autorización deberá ser firmada por personación ante funcionario público o mediante acta notarial.
      • En el supuesto de hijos adoptivos: deberá acreditarse que la resolución por la que se acordó la adopción reúne los elementos necesarios para producir efecto en España (Documentación TRADUCIDA Y debidamente legalizadas en su país de origen)
      • Familiares a cargo y que existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España, acreditación que, al menos durante el último año de su residencia en España, ha transferido fondos o soportado gastos de su familiar.

5 – Acreditación de empleo y/o recursos económicos suficientes para atender a las necesidades de la familia, incluyendo asistencia sanitaria en el supuesto de no estar cubierta por la Seguridad Social. A estos efectos, el Reagrupante deberá aportar los siguientes documentos:

    • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio fiscal, COMPLETA, en caso de estar obligado a hacerla (Original y 1 fotocopia), o en su caso, certificado de no estar obligado a ello.
    • Cartilla de la Seguridad Socialo acreditación de disponer de un seguro de asistencia sanitaria privado (Original y 1 fotocopia).
    • Informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Además,

    • Si trabaja por cuenta ajena, deberá aportar:
      • Contrato de trabajo u oferta formal de continuidad en la relación laboral. (Original y 1 fotocopia)
      • Nueve (9) últimas nóminas, firmadas y selladas por la empresa (Original y 1 fotocopia).

      NOTA: Si el reagrupante cotiza en alguno de los regímenes especiales de EMPLEADOS DEL HOGAR, EMPLEADOS DEL MAR, o EMPLEADOS AGRÍCOLAS, deberá aportar:

      • A falta de nómina, recibos de salario firmados por el empresario. (Original y 1 fotocopia).
      • Boletines de cotización al régimen especial de la Seguridad Social correspondiente. (Original y 1 fotocopia).
      • EMPLEADOS DE HOGAR: Declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los empleadores o certificado bancario acreditando cantidad, procedencia y periodicidad de los ingresos de la reagrupante.
    • Si trabaja por cuenta propia, deberá aportar:

      • Tres (3) últimos boletines de cotización, al régimen de Autónomos (o al régimen especial de Seguridad Social que le corresponda). (Original y 1 fotocopia).
      • Último justificante del pago fraccionado de IRPF. (Original y 1 fotocopia)
    • En caso de situación de inactividad (no trabaja), deberá aportar:
      • Justificación de ingresos económicos:pensiones, subsidios, rentas, etc…). (Original y 1 fotocopia.)

6 – Acreditación de disponibilidad de una vivienda adecuada para el reagrupante y su familia.

  • Informe expedido por la Corporación Local, o bien, en el caso de no haber procedido a emitir el informe en el plazo de 15 días, original del acta notarial mixta de presencia y manifestaciones (acreditando copia de la solicitud del Informe por la Corporación Local): en el/la que constará el título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones o dependencias en que se distribuye la vivienda, uso al que se destina cada una de ellas, número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamiento de la misma, en particular, las relativas a la disponibilidad de agua corriente, electricidad, sistema de obtención de agua caliente y red de desagües.

7 – Declaración firmada de que no reside con el reagrupante otro cónyuge.

8 – Cualquier otro documento que el reagrupante considere oportuno aportar, en relación a la solicitud formulada.