Estimado compañero,
Por medio de la presente, te adjunto, Orden TAS/401/2008, de 15 de febrero, por la que se modifica la Orden TAS/3859/2007, de 27 de diciembre, que regula la contraprestación que percibirán los profesionales colegiados, por la gestión de las empresas en el Sistema Red.
Esta nueva Orden aumenta el porcentaje a los colegiados, en el uso del Sistema Red, siempre que la Empresa se mantenga en la Mutua por un tiempo superior a 3 años.
La mencionada Orden, deroga el párrafo que establecía topes en dicha contraprestación en el 3% cuando se percibieran contraprestaciones además del 1%, por la gestión de I.T. en las contingencias comunes. Y se mantienen en vigor lo establecido en la Orden de 27 de diciembre, respecto de la contraprestación del 1 % en autónomos.
Espero haberte mantenido informado.
Un cordial saludo.
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RICARDO GABALDON GABALDON
PRESIDENTE