SISTEMA RED: NOVEDADES 2011

 

Por  la presente pongo en tu conocimiento que, recientemente, la Tesorería General de la Seguridad Social, ha introducido nuevos servicios en el sistema RED

Estos nuevos servicios son los siguientes:

-Gestión de Ingresos de Cuotas Pendientes: permite consultar y obtener los recibos de liquidación de cotizaciones  con el recargo procedente.

-Nuevas comunicaciones de informes a los autorizados al Sistema RED en el momento que se genere una deuda o  anulación de la misma por parte de la TGSS.

-Consulta, Informe y Solicitud de Documentos de Ingreso: permite consultar y obtener informe de las deudas, y solicitar  los documentos de ingreso de las que se encuentren generadas.

-Consulta y Anulación de Envíos TC2 del periodo Actual: permite la consulta y anulación de los envíos del fichero FAN  o documentos TC2.

-Solicitud Código de Cuenta de Cotización Empresario individual: permite la solicitud de inscripción de empresario individual  mediante la asignación del código de cuenta de cotización, tanto principal, como secundario.

-Obtención de recibos de liquidación de la aportación del trabajador: permite la obtención de estos recibos para liquidaciones  L00 presentadas en plazo.

-Obtención de Duplicados de Recibos de Liquidación Para Ingreso Fuera de Plazo o Solicitud de Cuota Empresarial: permite  su obtención cuando hubieran sido emitidos con anterioridad.

Por otra parte, y con motivo de la futura recepción por los autorizados RED de las notificaciones telemáticas dirigidas  a las empresas y afiliados por ellos gestionados, se ha adaptado el procedimiento actual de gestión de autorizaciones, creando nuevos formularios, concebidos fundamentalmente atendiendo a la necesidad de dejar perfectamente acreditada la representación  otorgada al autorizado, reforzándose así el marco de la relación existente entre los autorizados y las empresas por ellos gestionadas. Ello contribuye a dar seguridad jurídica al sistema, reforzando además la actuación y representación a través de  profesionales colegiados.

En este sentido, la Ley 39/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento  Administrativo Común, establece en su artículo 32 que los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante,  entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, y asimismo, dispone que cualquier persona con capacidad de obrar podrá  actuar en representación de otra ante las Administraciones Públicas, y deberá acreditar la representación por cualquier medio válido  en derecho que deje constancia fidedigna.

Consecuentemente con ello, es necesaria la exigencia de la documentación que se está solicitando en las Direcciones Provinciales   de la TGSS para comprobarla representación que ostentan los autorizados del Sistema RED respecto a sus representados.