Información en materia de subsidios a corto plazo facilitada a las empresas (Boletín de Noticias RED 06/2024)

Sin título 1

Desde la Dirección Provincial del INSS, nos transmiten la siguiente información:

“Les trasladamos por considerar que puede ser de su interés, último Boletín de Noticias RED que se ha publicado en la web de la Seguridad Social, en el que se informa a las empresas de lo siguientes aspectos en materia de subsidios a corto plazo:

1.        Importancia de comunicar al INSS los campos “puesto de trabajo” y “descripción de funciones”

Desde el pasado mes de enero, los campos “puesto de trabajo” y “descripción de funciones” deben de cumplimentarse obligatoriamente por las empresas cuando envían al INSS los datos económicos de los procesos de IT de sus trabajadores.

 No obstante, conocedores de que algunas de ellas aún no remiten la información, o no aporta el valor esperado, en el citado BNR se les recuerda la importancia de que el INSS reciba dicha información para que los facultativos competentes, tanto del Servicio Público de Salud como de las Mutuas Colaboradoras, así como del propio INSS, puedan valorar la situación de la persona trabajadora de acuerdo al trabajo desempeñado, y realizar un control más adecuado de su proceso de IT.

 Asimismo, estamos trabajando en el desarrollo de un nuevo comunicado RED que se enviará de manera directa a cada empresa que no transmita al INSS los campos “puesto de trabajo” y “descripción de funciones” una vez recibido el parte de su trabajador, insistiendo en la importancia de que el INSS sea conocedor de esa información, y señalando que el incumplimiento de la obligación de enviar los datos económicos puede constituir una infracción de las tipificadas en el artículo 21.4 del TRLISOS.

2.        Nueva versión 4.0 del Fichero INSS Empresas (FIE)

El próximo 11 de junio entrará en funcionamiento la nueva versión del FIE en la que estamos trabajando desde hace varios meses, y que incluye novedades importantes, entre las que se pueden destacar:

1.         Se modifica la denominación del campo “Situaciones Especiales de IT” por “Procesos con peculiaridades en pago y cotización».

Asimismo, se agrupan los antiguos valores 02 y 03 en el valor 02, de forma que cuando se trate de situaciones especiales de IT que en INCA estén identificadas como interrupción del embarazo o gestación a partir de la semana 39º, se comunicarán a la empresa con el valor 02 cuya descripción es: “El subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja. Existe posibilidad de recaída”.

1.         Se incluye el nuevo campo “Indicador de IT Internacional”

Con el objetivo de comunicar a las empresas los procesos de IT de trabajadores asegurados en España que inician un proceso de IT en el extranjero.

2.         Se incluye el nuevo campo “Fecha de envío de PB, PC o PA al INSS”

Para que las empresas conozcan la fecha en la que el Servicio Público de Salud o Mutua ha transmitido al INSS el parte de baja, confirmación o alta, con el fin de justificar que el posible retraso que puede sufrir el envío del parte médico a través del FIE, no se debe al INSS, si no al tiempo que ha tardado el propio el SPS o Mutua en remitirnos ese parte médico.

3.         Se incluye el nuevo campo “Base reguladora INSS”.

Se comunicará la base reguladora diaria de la prestación de IT que se calcula teniendo en cuenta el módulo automático que se ha desarrollado en INCA y que utiliza las bases de cotización consolidadas que mensualmente recibimos de la TGSS. En principio, solo se comunicará la base reguladora de procesos de IT que tengan al INSS como entidad de cobertura.

4.         Se incluye el nuevo campo “Fecha de notificación Denegación IP al trabajador”.

En la nueva versión se comunicará, de forma expresa, la fecha en la que se notifica la resolución denegatoria de IP al trabajador.

5.         Se incluye el nuevo campo “Ampliación del subsidio de NYCM”

Para informar a la empresa de que existe una ampliación del subsidio de NYCM por alguna de las causas establecidas legalmente. Asimismo, también se informará de los días de ampliación del subsidio. “

 

PARA ACCEDER AL BOLETÍN PINCHA AQUÍ.