PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS COLEGIALES

PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS COLEGIALES

 

Como ya se informó en la Asamblea General del pasado 28.03.2007, a propuesta de esta vocalía, en la última Junta de Gobierno, celebrada el pasado día 26.03.2007, se acordó modificar la periodicidad del cargo de las cuotas colegiales, las cuales se girarán trimestralmente en vez de bimestralmente -como se hacía hasta ahora-, pero manteniendo la cuantía total anual de las mismas.

El objeto de esta modificación es alcanzar un mayor grado de eficiencia, mediante la mejora de la gestión, pudiendo así dedicar recursos a otros menesteres. Por un lado se hace coincidir la periodicidad de las cuotas con los periodos fiscales, de forma que en cada trimestre se emite una sola remesa. Y por otro, se reduce el número de remesas -pasando de seis a cuatro-, reduciendo así la dedicación al control y gestión de cobros, y posibles devoluciones.

Las remesas se emitirán los días 15 del segundo mes de cada trimestre, es decir, en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre. 

La regularización se producirá en el mes de mayo de 2007. En el recibo se unificarán las cuotas de marzo, abril, mayo y junio, siendo su importe de 127,80 €. Los próximos recibos serán trimestrales y se emitirán en los meses de agosto y noviembre, y su importe será de 95,85 €. 

En el caso de los colegiados no ejercientes, se mantendrá la periodicidad, pero el cargo pasará a ser el mismo día y mes que para los colegiados ejercientes y ejercientes de empresa, es decir los días 15 de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre. La regularización en este caso se producirá también en el mes de mayo.

Sin duda, esta medida redundará no sólo en beneficio del Colegio, sino también en el de los colegiados.

El Tesorero

Fdo.: Manuel López Escobar