El Supremo unifica doctrina y establece que el complemento de maternidad se calcula únicamente sobre la cuantía inicial de la pensión contributiva, sin sumar el complemento de gran invalidez, por su finalidad específica.
El Supremo unifica doctrina y establece que el complemento de maternidad se calcula únicamente sobre la cuantía inicial de la pensión contributiva, sin sumar el complemento de gran invalidez, por su finalidad específica.