Cotizaciones subsidio mayor de 52 años valido para IPT

La STS 4413/2025 del Tribunal Supremo resuelve que para acceder al subsidio para mayores de 52 años es válido computar todas las cotizaciones de la vida laboral, incluso las anteriores a una incapacidad permanente total. El caso enfrentó al SEPE y un trabajador beneficiario del subsidio, cuestionando si cumplía el requisito de 15 años cotizados exigido para la jubilación. El Supremo confirma la compatibilidad entre subsidio e incapacidad y rechaza aplicar la doctrina restrictiva propia de la prestación contributiva de desempleo. Se desestima el recurso del SEPE y se fija doctrina: no se exige cotización posterior a la incapacidad.

 

Roj: STS 4413/2025 – ECLI:ES:TS:2025:4413