La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha admitido los certificados reconocidos de entidad emitidos por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana (ACCV) para realizar los trámites tributarios disponibles para las personas jurídicas a través de la Oficina Virtual de la AEAT.
La ACCV está muy satisfecha ya que este reconocimiento le permite ampliar el servicio que se estaba prestando con los certificados reconocidos de ciudadanos, admitidos por la AEAT desde enero de 2004, y que ha demostrado ser un servicio de gran utilidad para el ciudadano.
El reconocimiento de la AEAT se produce tras verificar que los certificados de entidad cumplen las especificaciones técnicas para la admisión de certificados de firma electrónica establecidos en la ORDEN HAC/1181/2003, de 12 de mayo, por la que se establecen normas específicas sobre el uso de la firma electrónica en las relaciones tributarias por medios electrónicos, informáticos y telemáticos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En la página web de la AEAT, en https://aeat.es/ycarequi.html, se publica una relación de autoridades de certificación reconocidas y de las características de los certificados.
La ACCV inició la emisión de certificados reconocidos de entidad el pasado mes de mayo y se pueden utilizar para la firma electrónica y cifrado de cualquier información o documento y para la identificación ante servicios y aplicaciones informáticas. Se trata de certificados para personas jurídicas y pueden solicitarlos los administradores de la Entidad, sus representantes legales y voluntarios con poder bastante a estos efectos.
Con la emisión de los certificados de entidad la ACCV responde a la creciente demanda por parte de los usuarios y las entidades ante la necesidad de realizar trámites telemáticos en nombre de una persona jurídica. Para la ACCV supone un nuevo reto y es signo del avance en la diversificación de los servicios que presta y de su adaptación al entorno de e-Administración.
El Colegio es Punto de Registro acreditado por la ACCV para la tramitación del certificado de "persona física".
Los Certificadosemitidos por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana se pueden utilizar para:
-Firmar y cifrar mensajes de correo electrónico seguro.
-La identificación de usuarios ante servicios telemáticos (Oficina Virtual de la Agencia Tributaria, Oficina Virtual de la Seguridad Social, Oficina Virtual del Catastro, etc.) y la firma electrónica y el cifrado de documentos en estas aplicaciones.
Pulse aquí para conocer las aplicaciones en las que son necesarios los certificados digitales de la ACCV.
Más información en http://www.accv.es