MENORES (58):

colegio

MENORES NACIDOS EN ESPAÑA.

Se trata de una autorización de residencia que adquieren los hijos nacidos en España de extranjero que se encuentre residiendo legalmente en España.
Los hijos nacidos en España de padre o madre reconocidos como refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria pueden optar entre solicitar la extensión familiar del derecho de protección internacional o una autorización de residencia,
en función del interés superior del menor.
 

REQUISITOS NECESARIOS:
1. No ser ciudadano comunitario, ni familiar de ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico
Europeo o de Suiza al que le sea de aplicación el régimen comunitario
2. Que el hijo haya nacido en España.
3. Que el progenitor (cualquiera de ellos ) sea residente legal.

ATENCIÓN:

Debe remitir la documentación de su solicitud al correo electrónico:

citaextran.valencia@correo.gob.es

La documentación enviada se remitirá al departamento encargado de su trámite, que contactará con usted para citarle
en la oficina de extranjeros.