SENTENCIAS LABORAL

Fecha

Tribunal

Ref.

Resumen

26.09.2005

TC

Sentelec200

DERECHO FUNDAMENTAL A LA LIBERTAD SINDICAL: Contenido esencial: se extiende a los medios de acción sindical que contribuyen a que el sindicato pueda desenvolver la actividad a que está llamado por la Constitución: derecho a la negociación colectiva, entre otros; Derecho a la negociación colectiva: modificación en la distribución de la jornada de trabajo: implantación de medida organizativa específica mediante acuerdos individuales con los trabajadores afectados ante la falta de acuerdo en la negociación .

15.06.2005

TS

Sentelec201

MINUSVALIDOS: centros especiales de empleo: contrato de trabajo temporal de fomento del empleo: licitud: legislación aplicable: su extinción por expiración del término no constituye despido improcedente.

15.09.2005

TSJ

Extremadura

Sentelec202

DESPIDO: indemnización: años de servicio: determinación: hasta la fecha de la extinción contractual; inclusión del período de suspensión del juicio: causa no imputable al trabajador; salarios de tramitación: cuantía: deducciones: de lo percibido en otro empleo: alegación y prueba: momento procesal de efectuarlo.

15.09.2005

TSJ

Extremadura

Sentelec203

LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES: subrogación: renuncia de la empresa sucesora a exigir a los trabajadores la antigüedad en el centro de trabajo exigida en convenio: despido disciplinario de dichos trabajadores: responsabilidad exclusiva de la empresa sucesora.

13.09.2005

TSJ Cantabria

Sentelec204

DAÑOS Y PERJUICIOS: procedencia: acuerdo para la extinción del contrato con la perspectiva de un complemento de jubilación, denegado posteriormente por no estar incluido el trabajador en la correspondiente póliza de seguro; cuantía: determinación: supuestos.

20.06.2005

TSJ

Cataluña

Sentelec205

SALARIOS: retribuciones de carácter no salarial: indemnizaciones o suplidos: pluses de distancia, transporte o similares: desestimación: traslado de centro de trabajo: que no implica cambio de residencia.

29.09.2005

TSJ

Castilla-

La Mancha

Sentelec206

ENSEÑANZA: salarios: discriminación: desestimación: complemento específico abonado a los profesores de religión y no al personal de servicios auxiliares: inexistencia de similitud de ambos colectivos.

07.09.2005

TSJ

Castilla-

La Mancha

Sentelec207

SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR INCAPACIDAD TEMPORAL: reincorporación al puesto de trabajo: trabajador con limitaciones funcionales no adecuadas a las exigencias psicofísicas del puesto de trabajo: alcance del deber del empresario en materia de salud laboral.

21.07.2005

TSJ

Castilla-

La Mancha

Sentelec208

JORNADA LABORAL: trabajo a turnos: concepto. PERSONAL ESTATUTARIO DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA: trabajo a turnos: requisitos y legislación aplicable; desestimación: realización de un turno diurno con horas de atención continuada o guardias médicas.

26.09.2005

TSJ

Castilla y León

Valladolid

Sentelec209

DESPIDO NULO: violación de derechos fundamentales: vulneración de la garantía de indemnidad: represalia por denuncias efectuadas frente al empresario; prueba: indicios de la lesión de derechos fundamentales: existencia.

26.09.2005

TSJ

Castilla y León

Valladolid

Sentelec210

SALARIOS: absorción y compensación: requisitos: necesaria homogeneidad de los conceptos salariales: antigüedad y salario base.

11.07.2005

TSJ

Murcia

Sentelec211

ACCIDENTE DE TRABAJO: recargo de prestaciones por omisión de medidas de seguridad: responsabilidad solidaria: desestimación: imputación exclusiva al subcontratista: circunstancias concurrentes.

 

SENTENCIAS FISCAL 

 

Fecha

Tribunal

Ref.

Resumen

22.09.205

TS

Sentelec212

HACIENDAS LOCALES: Presupuesto: aprobación: aumento de gastos de personal del presupuesto general de la entidad local respecto al ejercicio anterior superior al permitido: necesidad de comparación en términos de homogeneidad tanto respecto a efectivos de personal como a su antigüedad: ausencia de: incremento procedente: nulidad improcedente.

22.09.2005

TS

Sentelec213

HACIENDAS LOCALES: Presupuesto: aprobación: aumento de gastos de personal del presupuesto general de la entidad local respecto al ejercicio anterior superior al permitido: necesidad de comparación en términos de homogeneidad tanto respecto a efectivos de personal como a su antigüedad: incremento existente: falta de justificación de las circunstancias excepcionales del aumento por encima del límite establecido: nulidad procedente.

22.09.2005

TS

Sentelec214

HACIENDAS LOCALES: Presupuesto: aprobación: gastos de personal: incremento de gastos superior al límite establecido: acuerdo regulador de condiciones de trabajo: incrementos retributivos: límites máximos y mínimos: competencia estatal: establecimiento de cláusula de garantía salarial: improcedencia: nulidad procedente.

15.09.2005

TS

Sentelec215

HACIENDAS LOCALES: Presupuesto: gastos de personal: incremento retributivo superior al 2 por 100 con respecto al año anterior en términos de homogeneidad: inexistencia: posibilidad de superarlo por antigüedad, aumento de plantilla, u otras circunstancias: nulidad improcedente.

22.07.2005

TSJ

Canarias

Las Palmas

Sentelec216

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS: Transmisiones Patrimoniales: hecho imponible: adjudicaciones en pago y para pago de deudas y adjudicaciones expresas en pago de asunción de deudas: sujeción procedente: vulneración del principio de capacidad económica inexistente: devolución del Impuesto a los adjudicatarios para pago de deudas que acrediten haber transmitido al acreedor en solvencia de su crédito en plazo de dos años los mismos bienes o derechos que les ...

22.07.2005

TSJ

Asturias

Sentelec217

TRIBUTOS-INSPECCIÓN: Actuaciones de la Inspección: plazo máximo de duración: aplicación retroactiva del plazo previsto en el art. 29 Ley 1/1998, de 26 febrero: improcedencia; interrupción injustificada de actuaciones inspectoras: efectos: caducidad: improcedencia: aplicación en el ámbito tributario del art. 43 Ley 30/1992, de 26 noviembre, improcedente: cabe únicamente reclamar en queja.

22.07.2005

TSJ

Asturias

Sentelec218

TRIBUTARIO-INFRACCIONES Y SANCIONES: Principios generales: exclusión de la culpabilidad: discrepancia razonable sobre la interpretación de la normativa aplicable: ISyD: declaración extemporánea de bienes comprendidos en la herencia, consistentes en activos de la Deuda Pública Especial, y por un valor incorrecto, atendiendo al valor efectivo y no al nominal: discrepancia interpretativa razonable inexistente: sanción procedente.

22.07.2005

TSJ

Asturias

Sentelec219

TRIBUTARIO-INFRACCIONES Y SANCIONES: Principios generales: exclusión de la culpabilidad: discrepancia razonable sobre la interpretación de la normativa aplicable: ISyD: declaración extemporánea de bienes comprendidos en la herencia, consistentes en activos de la Deuda Pública Especial, y por un valor incorrecto, atendiendo al valor efectivo y no al nominal: discrepancia interpretativa razonable inexistente: sanción procedente.

21.06.2005

TSJ

Asturias

Sentelec220

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (LIVA/1992): Devoluciones: a exportadores: exención de las exportaciones condicionada a la efectiva salida de los bienes del territorio comunitario: obligación del transmitente de conservar a disposición de la Administración, durante el plazo de prescripción, la documentación acreditativa de la salida de bienes; delimitación de la figura del exportador a efectos de la devolución del IVA: no tiene que coincidir necesariamente con la persona que realiza la declaración ...

22.07.2005

TSJ

Canarias

Santa Cruz de Tenerife

Sentelec221

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS: Actos Jurídicos Documentados: hecho imponible: escritura de constitución de préstamo hipotecario: sujeción y no exención: examen: vulneración del art. 13.B) d) Directiva 77/388/CEE, de 17 mayo: inexistencia; exenciones: Canarias: adquisiciones de bienes de inversión destinados a la modernización o traslado de instalaciones por sociedades domiciliadas en Canarias (art. 25.1 Ley 19/1994, de 6 julio): alcance: aplicación a escritura ...

19.07.2005

TSJ

Canarias

Santa Cruz de Tenerife

Sentelec222

TASAS ESTATALES: Tarifas por servicios portuarios: naturaleza: prestaciones patrimoniales de carácter público: sumisión al principio de reserva de ley: examen de la doctrina constitucional; tarifas por la prestación del servicio de Control Portuario: prestación patrimonial de carácter público: regulación necesaria por norma de rango de ley: inexistencia: anulación de las tarifas; vías impugnatorias: competencia de los órganos económico-administrativos: procedencia.

15.07.2005

TSJ

Canarias

Santa Cruz de Tenerife

Sentelec223

TRIBUTOS-GESTIÓN: Comprobación de valores: tasación pericial contradictoria: falta de atención por el interesado al requerimiento para que designara perito en el plazo de quince días: conlleva la conformidad con el valor apreciado por la Administración y la finalización del trámite de tasación pericial contradictoria: dilación imputable al propio contribuyente: interrupción de la prescripción existente: caducidad del procedimiento improcedente.

07.07.2005

TSJ

Canarias

Santa Cruz de Tenerife

Sentelec224

TRIBUTOS-RECAUDACIÓN: Obligados al pago: administradores de personas jurídicas: miembros del consejo de administración de la sociedad: responsabilidad solidaria de todos, salvo los que acrediten desconocer el acto que originó la infracción tributaria o haberse opuesto expresamente al mismo: no es posible individualizar la culpa en unos administradores y eximir a otros: no obsta a ello que se hubiera encargado la gestión administrativa a un consejero delegado; alcance de la responsabilidad: sanciones ...

29.06.2005

TSJ

Canarias

Santa Cruz de Tenerife

Sentelec225

HACIENDAS LOCALES: Problemas generales: revisión de actos: recurso de reposición: carácter preceptivo del recurso de reposición: evolución normativa y jurisprudencial: constituye la vía administrativa previa en materia de tributos locales, siendo impugnable ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa únicamente el acto que lo resuelva: falta de recurso de reposición: inadmisión de recurso contencioso-administrativo por falta de agotamiento de la vía administrativa previa.

 

 

PREGUNTAS Y RESPUESTAS ASESORÍA LABORAL VIRTUAL

 

PREAVISO
En caso de desear denunciar el contrato el trabajador a la fecha de su finalización. Si contrato es inferior a un año. ¿se puede denunciar de un día para otro tal y como dispone el último párrafo del artículo 49.c del e.t. aunque el convenio diga que el trabajador que desee cesar baja en la empresa debe preavisar con una antelación mínima de quince días?¿Ese preaviso que indica el convenio (enseñanza privada) se refiere solo a cese voluntario durante el contrato y no a su llegada a término?
El art. 24 del convenio de enseñanza privada se refiere al preaviso en caso de dimisión. La dimisión, el cese voluntario, puede acontecer tanto en relación con los contratos por tiempo indefinido como en caso de contratos temporales; es decir, incluso pactado un término, el trabajador puede darlo por terminado anticipadamente con base en su libre voluntad; porque las limitaciones a la duración del contrato lo son frente al empresario. Ahora bien, la necesidad de preavisar es consustancial al deber de buena fe, para que el empresario no sea cogido por sorpresa, para que la continuidad del servicio no se resienta, para que el empresario pueda contratar al sustituto. Ahora bien, en casos de vencimiento del término, el empresario sabe la fecha y no es consustancial a la buena fe que el trabajador se lo indique. Por eso, en ese caso, hay que estar a los plazos que marca el art. 49 ET.
CONTRATACIÓN FIJO DISCONTINUO
Que tal? Mi pregunta es: Tengo un trabajador fijo discontinuo en campaña de hostelería de marzo a octubre, se le realiza el llamamiento y el cese correctamente en la empresa. Pero la misma empresa desea contratarlo unos fines de semana en los que no hay campaña en sí, pero la empresa tiene una punta de trabajo. Se podría contratar al mismo trabajador fuera de su campaña habitual con otra modalidad contractual (eventual, obra o interinidad) para cubrir dicho trabajo? Por favor indicar legislación. Muchas gracias
Por supuesto que sí, es un caso absolutamente normal y frecuente. La legislación a aplicar sería, en primer lugar el convenio si lo contemplase. Y si no lo contemplase, las propias normas generales sobre contratación. Porque en el período de interrupción del contrato el fijo discontinuo es libre para trabajar para otra y también para la misma empresa.
CAMBIO 109-189 A 100 EN TGSS
Hola; Donde puedo localizar normativa por el siguiente caso: Hace dos años se realizo un contrato ya sea 109 o 189 y transcurrido estos dos años TGSS ha cambiado estos contratos a 100. ¿Que sucede con la cláusula de indemnización ya que cambia? Gracias.
Una vez finalizado el periodo de disfrute de las bonificaciones en la cotización a la Seguridad social por los contratos con clave 109 y 189, la Tesorería, en aplicación de las facultades de revisión de oficio de los datos de inscripción, afiliación, etc. reconocidas por los arts. 54 y sigs. del Reglamento general de inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, puede llevar a cabo la modificación de la clave de los contratos, pasándolos a la clave 100, correspondiente a los contratos indefinidos ordinarios, sin que ello afecte a la vigencia de la cláusula referente a la indemnización en caso de extinción por causas objetivas o despido colectivo, que se rige por lo previsto en la normativa reguladora de la modalidad contractual de fomento del empleo estable durante toda la vida del contrato.
PUEDE SOLICITARSE SUBVENCIÓN
Buenas , mi duda es si un trabajador que anteriormente estaba contratado por un empresa con contrato indefinido , y es despedido de forma improcedente , actualmente una empresa decide contratarlo de forma indefinida directamente , al paso de tres meses del despido , podría solicitar la empresa contratante una subvención , donde podría encontrar la normativa de subvenciones , un saludo y muchas gracias.
La condición de que transcurran como mínimo 3 meses entre la extinción de un contrato indefinido hasta la formalización del contrato respecto al cual se piden las bonificaciones vienen establecida en los distintos programas de fomento del empleo, actualmente en la DA 47ª. cinco. 1.d) de la ley 2/2004, de presupuestos generales del Estado para 2005 (BOE 28 dic. 2004, pág. 41958).
BAJA VOLUNTARIA TRABAJADOR
Un trabajador con contrato indefinido que ha sido dado de baja voluntaria sin su consentimiento, e igualmente se le ha dado de alta en otra empresa (grupo de empresas) al día siguiente igualmente sin su consentimiento. El procedimiento a seguir sino soluciona esta cuestión la empresa, ¿sería denunciar ante la Inspección de Trabajo, ó además de denunciar ante la Inspección de Trabajo se debería presentar demanda ante el SMAC, en cuyo caso sería demanda por despido? ó ¿cómo?, el trabajador continua trabajando en la empresa en la que está fija, ha tenido conocimiento de ello por la vida laboral que se ha pedido en el momento de proponerle la Empresa su cambio a otra del grupo. Gracias y un saludo.
Esa práctica no pretende poner fin a la relación, luego no es constitutiva de despido ni se impugna como tal. Habrá que ver si hay un grupo de empresas si ha habido prestación para varias de ellas. En ese caso, la jurisprudencia suele aplicar la denominada doctrina del levantamiento del velo de la personalidad jurídica y considera al grupo como único empresario, al que corresponsabiliza solidariamente. A la vista del incumplimiento y de los perjuicios cabe actuar. En principio, si se le ha dado de alta en una empresa en la que no trabaja ni ha trabajado, puede ponerlo en conocimiento de la inspección a efectos oportunos. Pero eso no es un despido.
PERMISO DE RESIDENCIA CON EXCEPCIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRABAJO
Necesito traer a una persona de China a la que voy a contratar, (se trata de un organismo con participación de la Administración Pública, y la persona será contratado como investigador), por lo que el permiso que debo tramitar es permiso de residencia con excepción de autorización de trabajo, como se deben llevar a cabo los trámites.
En el caso de que no sea residente en España, el extranjero deberá solicitar el correspondiente visado de residencia ante la oficina consular española correspondiente a su lugar de residencia, acompañando a la solicitud la documentación justificativa de la exceptuación de la obligación de obtener autorización de trabajo (invitación o contrato suscrito por quien tenga atribuida la representación legal del órgano público correspondiente, donde conste la descripción del proyecto y el perfil profesional que se requiere para su desarrollo). el Ministerio de Asuntos Exteriores, si media causa que lo justifique, podrá determinar la misión diplomática u oficina consular diferente a la anterior en la que corresponda presentar la solicitud de visado. La oficina consular verificará la excepción y tramitará el visado en el plazo de siete días, y se deberá considerar la ausencia de respuesta como resolución favorable (Ver arts 68 y 69 del Reglamento de extranjería, aprobado por RD 2393/2004).
DURACIÓN CONTRATO
He recibido la autorización de trabajo y residencia de un trabajador extranjero, que se solicito el 26/07/2005, entiendo que no se solicito por el proceso de normalización especial. El contrato que se le haga a este trabajador ¿debe de ser a jornada completa o podría realizarse a Tiempo parcial,?¿si se puede hacer a jornada parcial esto le puede perjudicar a la hora de renovar papeles dentro de un año? Un saludo.
El contrato que se le haga al trabajador deberá ser conforme con el aportado a la solicitud de la autorización para trabajar, o a la oferta de empleo, si lo que se aportó fue ésta, y no podrá ser por jornada inferior, ya que, de lo contrario, podría serle extinguida la autorización o denegada en su momento la renovación (Ver arts.51 y sigs. del Reglamento de Extranjería, aprobado por RD 2393/2004.
MONTAJE MAQUINAS POR EXTRANJERO
Ya hice esta pregunta pero no la he encontrado ubicada en ninguna sección: La cuestión es la siguiente: Tengo una empresa que esta interesada en que 2 extranjeros entren en España para montar unas máquinas durante unos 30 días y después regresar a su país. Me pregunto si hay algún procedimiento mas sencillo que el regulado en el art. 51 del Reglamento, porque al ser de tan corta duración, posiblemente no les diesen el visado para salir de su país, o éste supuesto estaría encuadrado en el Art. 55.1.b) del reglamento que de igual forma habría que seguir el procedimiento del art. 51 y tener en cuenta el catalogo de difícil cobertura. Muchas gracias.
El supuesto que plantea tiene un tratamiento específico en el art. 55. 2. b) del Reglamento, los requisitos (organización del viaje, alojamiento, etc.) en el art. 56 y el procedimiento en el art. 57 del reglamento.
COOPERATIVAS O SOCIEDAD LABORAL
Según tu parecer 5 trabajadores que quieren montar una empresa de este tipo ¿existe alguna particularidad por la cual hoy en día sea mejor montar una cooperativa o una sociedad laboral? Un saludo.
Es un tema muy personal de los interesados. La sociedad laboral es una sociedad capitalista y se rige por las reglas del derecho de sociedades. Hay relación laboral clara en caso de los socios trabajadores. Por el contrario, la cooperativa es una figura asociativa que tiene su componente ideológico, de sociedad no capitalista. En caso de que la actividad cooperativizada sea el trabajo (cooperativas de trabajo asociado) no hay relación laboral, aunque las normas que regulan esa relación asociativa la equiparan a muchos efectos a la laboral. En orden a las ayudas públicas, hay bastante equiparación.
ALTA AUTÓNOMOS
Tengo entendido que no hay obligación de darse de alta de autónomos cuando no se superan los 6000€ anuales de rendimientos en actividades profesionales, me gustaría saber si eso es correcto y si está recogido en alguna normativa. Gracias.
El D. 2539/1970, de 20 de agosto, que regula el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos no condiciona el campo de aplicación ni la obligación de tramitar el alta a obtener un mínimo de ingresos, sino a realizar de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo sin sujeción a contrato de trabajo.
TRABAJADOR RÉGIMEN AGRARIO CUENTA AJENA
Habiendo recibido una baja de oficio de un trabajador agrario cuenta ajena en una empresa agrícola, cuya causa es "81.-  Baja de oficio Revi. Circuns. Deter. Incl", y en "otra información" ponen la fecha de alta la fecha de baja y el número de días cotizados (53 en un periodo de un año). Mi pregunta es la siguiente: ¿Cuántas jornadas reales, como mínimo, tiene que cotizar un trabajador por cuenta ajena al año para estar incluido en dicho régimen? Gracias
La situación de inactividad en las labores agrarias motivará la baja en el REA en los supuestos siguientes:
a) Cuando el trabajador agrario se dedique, con carácter exclusivo e ininterrumpidamente, a otras actividades no agrarias durante un periodo superior a tres meses naturales consecutivos o, tratándose de trabajadores por cuenta ajena, cuando la situación de inactividad en labores agrarias y no agrarias se mantenga ininterrumpidamente por un periodo de más de seis meses naturales, contados desde la finalización del último mes en que se hubiere efectuado la última comunicación de realización de jornadas reales o, en su caso, desde la finalización de la percepción de la prestación o el subsidio por desempleo, siempre que se ingresen las cuotas fijas correspondientes por dicho trabajador. Si el trabajador no solicita la baja dentro de los seis días siguientes al respectivo límite, la Tesorería podrá acordar la misma de oficio.
b) Cuando no exista comunicación de la realización de jornadas reales respecto de un trabajador por cuenta ajena en tres meses consecutivos y sin que durante los mismos el trabajador ingrese la cuota fija correspondiente a este Régimen especial, la Tesorería dará de baja al trabajador con efectos del último día del mes en que realizara la última jornada real comunicada (Ver art.45 del Reglamento de Inscripción de empresas, afiliación, altas bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social).