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INFORMACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTOS DE EXTRANJERÍA |
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PROCEDIMIENTO PARA LA DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS En el caso de que se haya efectuado el ingreso de una tasa que, por algún motivo, no procediera hacer efectiva (duplicidad, error, no procedencia, etc.), podrá solicitarse su devolución de la forma que se detalla en el apartado de Varios - Devolución ingresos indebidos. (10/03/2011) NOTA SOBRE SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO DE 1/6/2010 Con fecha 3 de noviembre de 2010 ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado la Sentencia del Tribunal Supremo de 1 de junio de 2010, en relación con el recurso contencioso-administrativo nº 114/2007, interpuesto contra el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Común Europeo. En la Sentencia se determina el derecho a trabajar de los descendientes mayores de 21 años y de los ascendientes directos del ciudadano comunitario, de su cónyuge o pareja registrada, que vivan a su cargo, sin perjuicio de su condición de personas a cargo de dicho ciudadano comunitario. Se elimina, por tanto, la restricción hasta ahora existente al acceso a cualquier actividad, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia o prestación de servicios o estudios. Esta habilitación para trabajar no precisa de ningún otro trámite administrativo. Por tanto, las personas que se encuentren en esta situación no precisan solicitar un cambio de su tarjeta de identidad de extranjero para recoger dicha circunstancia ya que, al reunir dicha condición, aunque no figure en la misma una mención expresa, por aplicación directa de la referida normativa, tienen habilitación para trabajar sin ningún otro trámite. Solo deberán solicitar la renovación de su tarjeta cuando ésta agote su vigencia. RESIDENCIA LARGA DURACIÓN - AVISO IMPORTANTE Cuando su expediente aparezca resuelto FAVORABLE en la página: https://sede.mpt.gob.es/infoext2 deberá acudir a la Oficina de Extranjeros sita en la C/ Diputada Clara Campoamor, esquina Motilla del Palancar, 23 de Valencia, con el justificante impreso de dicha pagina, con el fin de que se le indique los pasos a seguir para la confección de su tarjeta. |